El Supremo decidirá si un guardia civil de Lanzarote puede compaginar su puesto con el de pinchadiscos
El Tribunal Supremo decidirá si un guardia civil de Lanzarote puede compaginar su puesto con el de pinchadiscos en su tiempo libre. El agente pidió la compatibilidad en mayo de 2024. Un año después, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid le reconoció este derecho, siempre que respetara sus obligaciones y horarios como funcionario público. Ahora, tras un recurso de casación presentado por la Administración del Estado contra esta sentencia, será el Alto Tribunal el que resuelva su caso.
Los agentes de la Guardia Civil pueden compatibilizar su puesto con actividades privadas siempre y cuando la cuantía de los complementos específicos que reciben no supere el 30% de su retribución básica, según la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En este caso, la raíz del conflicto está en si debe contabilizarse o no para calcular este porcentaje el complemento específico que reciben los guardias civiles y los policías nacionales para equiparar su salario con el de las policías autonómicas. Este complemento está contemplado en el acuerdo que alcanzaron en marzo de 2018 el Ministerio del Interior, los sindicatos de la Policía Nacional y las asociaciones profesionales de la Guardia Civil.
El TSJ de Madrid con su resolución anuló la decisión del Ministerio del Interior, que había denegado la petición del agente del puesto de Costa Teguise porque el complemento específico que el guardia civil recibe por las características de su puesto supera el 30% de sus retribuciones básicas.
La Administración del Estado, en el recurso de casación estimado por el Supremo, pide que la Sala de lo Contencioso Administrativo se pronuncie acerca de si, en el complemento específico a tener en cuenta para determinar la incompatibilidad de los miembros de la Guardia Civil con actividades privadas, debe incluirse la cuantía del complemento destinado a equiparar el salario de este cuerpo de seguridad con el de las policías autonómicas, o si, por el contrario, debe excluirse.
En este último supuesto, solo se computarían aquellos complementos percibidos por las especiales condiciones del puesto de trabajo, su penosidad o dificultad.
La resolución del Supremo, según el auto al que ha tenido acceso Canarias Ahora, no solo afectará al caso del guardia civil de Lanzarote. Sentará jurisprudencia para futuras interpretaciones de esta Ley en casos que atañan a guardias civiles y policías nacionales.
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