La portada de mañana
Acceder
Bruselas deja en manos de los gobiernos el rearme ante el pulso de Trump
El Gobierno apacigua a Junts con la gestión compartida de la inmigración en Catalunya
Opinión - Notas aclaratorias sobre el pacto PSOE-Junts. Por Neus Tomàs

El Supremo establece que el jefe de Comunicación del TSJ de Canarias es quien decide la relevancia informativa de las sentencias

Ciudad de la Justicia de Las Palmas. (ALEJANDRO RAMOS)

Canarias Ahora

15 de junio de 2023 12:57 h

0

El Tribunal Supremo ha establecido que el jefe de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es quien decide la relevancia informativa de las sentencias. La Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza así las pretensiones de la letrada de la administración de justicia del alto tribunal canario.

El Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ confirmó la resolución del presidente del TSJ sobre comunicación de sentencias y el alto tribunal ahora establece que no corresponde a la Administración de Justicia determinar la relevancia informativa de las sentencias sino a los profesionales de la información de las oficinas, a los que se les ha confiado la tarea.

Así mismo, señala que las Oficinas de Comunicación de los órganos judiciales no son “terceros” porque forman parte del CGPJ para difundir la comunicación institucional que les encomienda la Ley Orgánica.

En mayo de 2021 el presidente del TSJ de Canarias, ante las dificultades que la Oficina de Comunicación estaba encontrando en la Secretaría de la Sala de lo civil y Penal para obtener las resoluciones de dicho tribunal, entendió que se debía facilitar información sobre las resoluciones de esa sala por su interés para la opinión pública. Dictó un acuerdo por el que la Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de Lo civil y Penal, salvo indicación expresa en contra del presidente, una vez efectuada la notificación, debía remitir copia a la Oficina de Comunicación de todas las resoluciones dictadas por el tribunal.

La funcionaria recurrente ha sido condenada a pagar las costas del recurso, 2.000 euros.

Etiquetas
stats