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La Sala da la razón al juez Llarena por denegar a Sànchez permisos penitenciarios para hacer campaña electoral

15:49 h, 16 de febrero de 2018

La Sala Segunda Tribunal Supremo ha confirmado el auto del juez Pablo Llarena, que instruye la causa por el proceso soberanista, en el que denegó al 'número dos' de Junts per Catalunya (JxCat) y expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sànchez, conceder permisos penitenciarios para poder participar en la campaña electoral de las elecciones autonómicas del pasado 21 de diciembre.

La denominada Sala de apelaciones ha desestimado el recurso presentado por Sànchez contra este auto del 14 de diciembre de 2017 y explica en un auto que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) incorporó en el artículo 3 del Protocolo adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Públicas las limitaciones explícitas que cada Estado puede modular.

El TEDH subraya la participación democrática no puede perder efectividad y que dichas limitaciones deben responder a fines legítimos que guarden adecuada correspondencia con los motivo que las impulsan.

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