Las razones de la jueza que no vio injurias de Oltra al presidente de Ribera Salud: “Más que una opinión, es un hecho en sí”

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“No se aprecia, en la exposición de la señora Oltra, la concurrencia de expresiones insultantes, ofensivas o vejatorias, más allá de una descripción de hechos discrepante de la que puede sostener la parte querellante”, sostuvo la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Alcobendas en un auto de agosto de 2023 al desestimar una querella por injurias y calumnias presentada por Alberto de Rosa, presidente de la empresa Ribera Salud, concesionaria de hospitales privatizados por el PP, contra la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltra, a raíz de las alusiones que la política de Compromís le dedicó en una entrevista con Jordi Évole emitida en La Sexta el 11 de diciembre de 2022.

Unos meses después de que dimitiera como vicepresidenta por la imputación en un caso que ha acabado sobreseído, Oltra fue entrevistada por Jordi Évole, que en el transcurso de la conversación le mostró una fotografía, obtenida en septiembre de 2021 y publicada en su día, de Alberto de Rosa en la estación de Atocha de Madrid conversando con el expresidente valenciano Francisco Camps y con la activista ultra Cristina Seguí, personada como acusación en la causa contra la dirigente de Compromís. Oltra denunció ser víctima de una cacería política, orquestada por la derecha y la extrema derecha. Al identificar a los tres fotografiados y sus razones para actuiar contra ella señaló: “La otra persona es Alberto De Rosa, el dirigente o directivo de Ribera Salud, que era la empresa que gestionaba los dos hospitales que en la legislatura pasada y en esta hemos vuelto a hacer públicos”. Oltra añadió que no gestionar esos hospitales supone para Ribera Salud, “cientos de millones menos que no ingresará la empresa”.

Contra la querella de De Rosa, que consideraba que Oltra se había dedicado gran parte del programa a construir un “relato falaz” sobre su persona, la jueza considera que lo declarado por la exvicepresidenta valenciana “no puede considerarse sino el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. No existe delito alguno que la señora Oltra impute con claridad y precisión al señor De Rosa en sus palabras, ni de forma expresa ni con insinuaciones identificables como tales”.

“La señora Oltra estaba participando en un programa de entrevistas, 'Salvados', y eso hace que pueda sostenerse que, más que comunicar a la opinión pública una información veraz, estuviera aportando su interpretación de los hechos, de forma que lo que transmitía eran sus ideas y opiniones, que también cuentan con la máxima protección constitucional, e incluso supra constitucional”, sostiene la jueza sobre el supuesto delito de injurias que alegaba De Rosa.

“Puede deducirse razonablemente del desarrollo de los hechos, que la finalidad de la señora Oltra no es otra que la de trasladar a la opinión pública su propia percepción u opinión sobre lo sucedido. En ese marco, que el señor De Rosa estaba al frente de una empresa que, con un cambio político, dejó de obtener un beneficio económico, por la conversión de hospitales públicos de gestión privada en hospitales públicos de gestión pública, parece más que una opinión, un hecho en sí”, concluye la jueza en el auto al que ha tenido acceso este diario.