Los dos no de la justicia

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Quien escribe estas líneas no es jurista. Mi relación con el mundo judicial es puramente experimental, en los tiempos de la Dictadura franquista y primeros de régimen democrático como sindicalista que recibio las caricias de la justicia de entonces. Más recientemente mi relación con el aparato judicial pasó a ser intensa por mi participación activa en los movimientos vecinales y ecologistas. Han sido casi treinta años de luchas sociales en un entorno muy violento y agresivo en el que un puñado de promotores urbanísticos, unos ediles y una administración provincial y autonómica en donde la corrupción es moneda corriente, y una justicia fuertemente ligada con excesiva frecuencia a cierto oscuro pasado franquista, me ofrecieron la oportunidad de estudiar algunos de los más importantes mecanismos de la vida pública del país.

Desde las asociaciones vecinales y ecologistas en las que estuve trabajando llegamos a tener a alcaldes, concejales, promotores y altos cargos de la administración en un buen puñado de investigaciones judiciales abiertas. Entré en estas luchas cuando el bum del ladrillo despuntaba como uno de los problemas más graves de la sociedad española. La fiebre del ladrillo provocaba enfrentamientos a veces muy violentos entre vecinos del mismo pueblo, entre generaciones, entre organizaciones políticas y sociales, y  conllevaba una marea de dinero en negro y de tráfico de drogas, que afectaba muy gravemente a toda la sociedad. Ahora, pocos quieren acordarse, pero ese brutal periodo de nuestra historia reciente dejo miles de muertes y de vidas arruinadas, haciendas destrozadas y familias hundidas irremisiblemente, y algunas grandes fortunas.

No conozco estudios serios sobre aquel desastre, y el reflejo sólo ha quedado indeleble quIzás en las duras y magníficas novelas del gran escritor que fue Rafael Chirbes, así que soy consciente de que esa es una época sobre la que se ha querido correr un velo por todos los partidos gobernantes y que quizás gente que no la ha vivido desde dentro siga ignorando la brutalidad de aquel tiempo de bum del ladrillo.

Mi experiencia comenzó cuando me comunicaron que mi humilde casa de los años 60 en una igualmente humilde parcela de dos mil metros en medio de la nada, a varios kilómetros del núcleo del pueblo, sin abastecimiento de agua de consumo humano, sin conexión con las redes de evacuación de aguas residuales, con una precaria conexión a la red electrica del pueblo de al lado del mio, sin más que una carretera de ocho metros de ancho malamente asfaltada para conectarse con la civilización, pero casi en primera fila del mar, había quedado integrada en un plan urbanístico que se iba a poner en manos de un promotor que no tenía en propiedad en la zona ni un palmo de suelo suyo para levantar en esta mi pequeña parcela dieciseis apartamentos, y que eso se iba a aprobar por el ayuntamiento y el gobierno valenciano independientemente de que yo pudiera estar de acuerdo o en contra, más aún, que no era preciso ni tan siquiera consultarme.

Comprobé que efectivamente la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística recientemente creada y aprobada en mi Comunidad Autónoma así lo indicaba con meridiana claridad.

La lucha por defender unos derechos que se pretendía simplemente pisotear duró desde los años 90 hasta prácticamente la fecha actual. Las armas con las que enfrentamos los vecinos semejante desafío eran las usuales: asociaciones cívicas, coordinación con otros movimientos y asociaciones en otros lugares, manifestaciones, propaganda que hiciera llegar nuestros problemas a toda la sociedad, creación de prensa independiente y apoyo de alguna prensa oficial más responsable, cierto importante respaldo de Bruselas, de algunos grupos parlamentarios europeos, y sobre todo un arma de la que sabíamos poco o casi nada: La Ley.

La Ley, a manejar por vecinos, mayoritariamente agricultores, trabajadores y jubilados. Resultaba un desafío demasiado dificil, sobre todo según ibamos descubriendo que casi todos los abogados a los que intentábamos recurrir trabajaban en realidad a sueldo de las promotoras y los urbanizadores.

En mi caso tuve dos muy buenos maestros: uno era un abogado administrativista, que es una rama del Derecho a la que casi ningún jurista gusta dedicarse. Dominar el Derecho administrativo significa ser capaz de defender eficazmente al ciudadano frente a los abusos del poder, de los poderes constituido, o por contra, tener en las manos los mejores instrumentos para expoliar, engañar, sortear el Derecho, y manipular las leyes a favor del poder, de los poderes constituidos.  

Del abogado que había dedicado su vida profesional a esta segunda opción aprendí algunas cosas: La primera, que los jueces en general no sabían Derecho Urbanístico ni mucho menos Medioambiental, que los que sabían, lo tenían como algo oscuro y peligroso en lo que era mejor archivar todo lo que les llegara sin investigar demasiado, e incluso en bastantes casos que la corrupción daba la impresión de ser moneda corriente en la judicatura española. La segunda, que en general, los fiscales, que daban la impresión de ser mejores juristas que los jueces, seguían un código de conducta parecido y no eran muy entusiastas a la hora de abrir diligencias de Investigación sobre las denuncias ciudadanas. La tercera, que casi todos los abogados de estas regiones de bum ladrillero trabajaban para las constructores y sólo recibir a los pobres vecinos denunciantes, llamaban al promotor del que pretendían defenderse esos vecinos para decirle eso de “podemos llegar a un buen acuerdo, estos pringados que acaban de hablarme de usted no entienden nada”. Para colmo era demasiado corriente que los funcionarios que estaban colocados para informar los proyectos urbanísticos trabajaban también o directamente para las promotoras o para el agil y correcto funcionamiento de un sistema profundamente corrupto.

En consecuencia no era posible casi nunca ganar contra los amos del ladrillo y sus ediles y funcionarios, de tal manera que nuestra labor no debía ser tanto pretender ganarles, sino conseguir que ellos no pudieran ganar.

Esa era la clave, meterles palos en las ruedas, plantear conflictos judiciales insoportables, denuncias que bloquearan sus groseramente ilegales propuestas, en suma, ganar tiempo y apoyo, ganar pequeñas bazas, ganar publicidad, y en consecuencia llevar al desastre por imposibilidad económica o repetidos errores de los arrogantes y agresivos promotores, cada una de sus inicativas, no era simple filibusterismo judicial, sino denuncia metódica y razonada de las innumerables irregularidades de todos y cada uno de los proyectos que los promotores inmobiliarios llevaban al ayuntamiento y que este respaldaba con excesiva ligereza.

También aprendí que poner denuncias por lo contencioso-administrativo conllevaba problemas de dificil resolucción. En primer lugar que eran procedimientos casi eternos y que en el interín si pedías la paralización del proceso constructor hasta que hubiera sentencia te pedirían los jueces unas fianzas inasumibles. En consecuencia, comprendimos que el arma mejor era buscar irregularidades dolosas en el procedimiento adjudicador y presentar denuncias por lo penal. Lo curioso era que prácticamente todos los procedimientos urbanísticos a desarrollar eran ilegales o al menos carecían de un ajuste riguroso con las propias leyes urbanísticas o administrativas. Tan seguros estaban de su poder alcaldes, funcionarios y promotores que hacian sus planes de forma enormemente descuidada, y en consecuencia enormemente ilegal en no pocos aspectos. Olvidaban tal o cual trámite exigido en un artículo de tal o cual Ley, aprobaban proyectos sin el grado de exigencia que imponían las leyes, se saltaban aspectos medioambientales que otras administraciones eran muy rigurosas en defender como podían ser las Confederaciones Hidrográficas, la administración de costas, o aspectos recogidas en la legislación de Bruselas. En total, eran muy numerosas las posibles denuncias penales que si se escarbaba adecuadamente en los proyectos y en las leyes, podíamos acabar llevando a Fiscalía docenas de denuncias que al menos tenían que estudiar, analizar, pedir documentación y resolver.

Con denuncias populares y ciudadanas los procedimientos penales sólo requerían pagar a un abogado, que siendo partidario no resultaba asfixiante, y no cabían fianzas por medio. Y lo más importante, si llegaba a juicio, la cosa podía no acabar para el promotor o el edil en una cuestión económica, sino en una petición de cárcel, lo que, como sabían perfectamente que estaban actuando ilegalmente, les hacía echarse atrás o al menos detener el proceso e intentar volver a empezar corigiendo tal o cual aspecto.

El abogado del que aprendí todo esto fue el primero del que tengo noticia de que acabase metiendo en la cárcel a un alcalde por delitos urbanísticos.

El otro jurista del que aprendí algo fue un joven funcionario que recien llegado al ayuntamiento como Técnico Jurídico para el área de urbanismo en los tiempos finales de una legislatura, se negó a firmar hasta catorce proyectos urbanísticos. Cuando entró un nuevo equipo de gobierno le entregó el dossier al nuevo alcalde que procedió a estudiarlo y explicar sin prueba alguna en un pleno municipal que ese nuevo funcionario no era más que un vulgar chantajista que le exigia por medios oscuros la plaza de fijo en el ayuntamiento. A continuación fue groseramente despedido convocando la plaza para alguien más docil y razonable, y este honrado funcionario juró que en ese ayuntamiento no le olvidarían jamás. Él pasó a ser quien desde ese momento, desde fuera del ayuntamiento, nos informaba jurídicamente de todos los procedimientos ilegales contra los vecinos pequeños propietarios que los promotores proponían y los ediles aceptaban. Ahí aprendí algo más de detalle del Derecho Urbanístico y Medioambiental.

Quiero contar esto porque hoy el centro de la polémica en todo el país no es ya el ladrillo, sino la Justicia, el aparato judicial. Lo que entonces aprendí vale también para hoy.

Lo explico: Es demasiado corriente que los jueces de instrucción, tanto de primera instancia, como de los más altos niveles judiciales parezcan tantas veces resultar increiblemente deficientes en su dominio del Derecho. Confunden, no siempre por ignorancia o descuido, conceptos de forma imperdonable. A la hora de instruir recurren a la policia judicial, obvio. En la época del ladrillo recurrían a informes de altos responsables jurídicos de la Consejería.

Los componentes de la policiá judicial actuan como agentes de la autoridad, pero con demasiada frecuencia olvidan que ellos NO SON Autoridad, sino simplemente agentes de quien sí es autoridad, que es el juez o sus altos responsables administrativos o políticos. En consecuencia es demasiado corriente que estos agentes de la autoridad en vez de informar estrictamente al Sr. Juez sobre hechos, datos concretos o pruebas testimoniales indiscutibles, aporten al juez opiniones, suposiciones, inducciones o deducciones que SÓLO el juez está capacitado para deducir, inducir o suponer. Cuando el juez tiene en sus manos una relación de hechos objetivos y unas pruebas materiales o testimoniales concretas es cuando él, no los policias, ha de hacer el trabajo de inducir, deducir, suponer o concluir opiniones sin esperar que los polis hagan este trabajo por el. Si el juez con esos datos escuetos sin opiniones ni deducciones voluntaristas de otros quizás motivados por razones desconocidas, consigue que fiscalia y acusaciones demuestren que de esos datos se infiere necesariamente el delito o no, es cuando podrá con justicia dictar sentencia. Sin pruebas no hay sentencia que pueda ajustarse a la Ley, cosa que algunos jueces parecen tener una enorme facilidad para olvidar. Puede el instructor o el juzgador estar personal y profundamente convencido de la culpabilidad o inocencia del reo, pero sin pruebas no puede condenar. Hoy sabemos bien que esto NO OCURRE en España.

¿Y por qué esto no ocurre en España? En mi opinión de ignaro ciudadano observante desde fuera del aparato judicial, por los dos NO de la carrera judicial.

El primer NO que me ha parecido observar en ciertas ocasiones y que parece reflejarse cada día en la prensa es el NO a investigar. Cuando un juez recibe un informe de la guardia civil en funciones de policia judicial tiende a darle una presunción de veracidad que el juez no tiene derecho a suponer. El criterio de veracidad de la guardia civil debe aplicarse a cuestiones sencillas cotidianas, un exceso de velocidad en carretera, etc. En los casos que hoy vemos cada día en la prensa la presunción de veracidad de los informes de la UCO en los que en vez de aportarse hechos, datos, testimonios explícitos o documentos, se inducen suposiciones e incluso simples creencias en base quizás a afirmaciones de terceros cuyo origen podría ser dudoso, son documentos falaces. La policía habrá en buena ley de limitarse a aportar hechos, pruebas o documentos y será el juez y el fiscal quienes deberán estrujarse los sesos para sacar sus conclusiones y en declaraciones e incluso en el mismo juicio oral encontrar pruebas fehacientes del delito del que los sagaces agentes de la UCO han concluido indubitablemente y demasiado voluntariosamente que el investigado resulta culpable.

Es maravilloso ver como los autos de algunos jueces reproducen en simples corta y pega las suposiciones, inducciones y conjeturas de unos policias que claramente se han extralimitado en el ejercicio de su función, que no es otra que recabar hechos, datos y testimonios concretos de personas concretas. Vida sencilla y cómoda ¿Para qué trabajar si ya me han dado las conclusiones judiciales los agentes policiales? ¿o es que quizás hay algo más que no podemos ver?

Tengamos en cuenta que los guardias civiles, números y mandos, que componen la UCO y que elaboran con semejante ligereza informes repletos de suposiciones y afirmaciones no demostradas ni contrastadas con hechos, son militares. En nuestro país, y entre las numerosas herencias de la Dictadura asumidas por la actual democracia, se incluye la chocante curiosidad de que el tráfico en las carreteras lo regulan militares, el orden público en los pueblos lo mantienen militares y los jueces dependen para el conocimiento de los hechos que han de juzgar de militares profesionales, militares de carrera. ¿Conocemos algún otro país que presuma de democracia donde ocurra algo semejante?

Y cabe preguntarse por qué no parece demasiado democrático que estas sencillas funciones policiales se pongan en manos de fuerzas militares profesionales.

En primer lugar porque los militares tienen unas cadenas de mando estrictas y tienden a aceptar sin discusión que las órdenes de sus superiorers no pueden ser puestas en duda, y no se encuentran canales reales para denunciar abusos de autoridad en el ámbito militar, nadie olvidará que el asalto del coronel Tejero al Parlamento pudo hacerse realidad por pura obediencia militar, y eran guardias civiles, luego hubieron de acabar escapándose humillántemente por las ventanas.

En segundo lugar porque nadie hasta la fecha ha conseguido demostrar a la ciudadania española que los militares españoles como conjunto puedan ser considerados ciudadanos con actitudes y mentalidades democráticas. Más aún incluso estadísticamente sabemos con absoluta certeza qué se vota en las áreas urbanas de viviendas militares en cada convocatoria electoral, y llama la atención semejante uniformidad. Obviamente pueden votar en libertad lo que les parezca mejor, pero igualmente los ciudadanos no tenemos por qué fiarnos un pelo de la lealtad y la convicción cívica y democrática de quienes muestran semejantes actitudes tan dadas al autoritarismo y a los supuestos valores patrióticos de la extrema derecha.

El segundo NO es el de no saber. Nunca olvidaremos aquella famosa sentencia en que tras un tremendo asesinato de un riquísimo y nobilísimo matrimonio, y considerando los jueces que resultaba conveniente eludir incluir en la condena a la propia hija de los asesinados, condenaron al sospechoso sentenciando que no cabía duda de que él era el asesino “solo o en compañía de otros”. Todos menos los juzgadores teniamos meridianamente claro quien era “los otros”. Ellos no.

Demasiados magistrados de las más altas instancias no saben, no contestan, no han mirado, ni siquiera han visto, no han escuchado y no se han informado, más que a través de informes perfectamente discutibles y demasiado direccionados con demasiados juicios previos, prejuicios, o quizás intenciones. Ellos no, no saben. No saben ni tan siquiera cómo hacer funcionar un juicio contradictorio, unas pruebas testimoniales les resultan clarísimas, las contrarias, oscurísimas, unos documentos vagos y confusos les resultan meridianos, pero no consiguen averiguar quién pudiera ser un tal M punto Rajoy en una lista de corruptos de la dirección del Partido Popular. Y así en docenas de sentencias infumables.

Hay magistrados que inventan delitos sobre la marcha. Si un político que no les gusta no ha puesto su mano ni en un euro de la cuestión en debate pero tampoco lo ha tenido que gastar de su bolsillo, inventan un estrambótico lucro, si un cómico que tampoco resulta ser de su gusto ha dicho algo que a todas luces se corresponde con la pura y simple libertad de expresión, se retuerce cuidadosamente la intencionalidad de lo cuestionado y de la Ley para mandarle a la cárcel para un buen puñado de años, pero si un activista de la extrema derecha ha dicho algo que es una verdadera amenaza resulta que eso no puede perseguirse porque se deberá suponer incurso en la sacrosanta libertad de expresión.

Digamos pues para evitar suposiciones incómodas que esos jueces NO saben, por no decir algo más.

Quizás el problema es que hay jueces que son efectivamente independientes, demasiado independientes, incluso independientes de la Ley y de la ciudadania. Y muchos militares apolíticos, demasiado apolíticos, casi antipolíticos, o incluso tan apolíticos y antipolíticos que resultan ser manifiestamente antidemocráticos.

Y otro día hablamos de la “Téoria del golpe de Estado” sobre las enseñanzas que desde los tiempos de Curcio Malaparte hasta el secuestro reciente de Maduro parece que demasiados intentan entretejer.