La IA solo podrá utilizar la imagen y la voz de los artistas si hay un contrato y una retribución
Contrato, acuerdo y retribución expresa. Estas serán las condiciones que productoras, discográficas, editoriales y demás entidades del sector cultural deberán cumplir para poder usar la IA Generativa. Esta nueva norma formará parte del Estatuto del Artista, que por primera vez regulará el uso de la IA Generativa en el trabajo artístico y creativo. Según fuentes del Ministerio de Trabajo, no se permitirá su utilización salvo que haya una negociación consentida y pactada, que especifique en qué condiciones y con qué retribuciones.
El objetivo de este Anteproyecto de Ley, que saldrá a información pública este jueves, es garantizar los derechos de las personas que dedican a la creación, para protegerla frente a los abusos que se están produciendo del uso de la IA Generativa.
El Estatuto del Artista es una de las grandes demandas del sector cultural –en especial desde que en 2018 fuera aprobado por unanimidad en el Congreso–, que pretende dotar a sus empleados de un marco jurídico adaptado a sus necesidades. Y que, en definitiva, tengan los mismos derechos a nivel colectivo que el resto de los trabajadores.
El texto, del que en julio se apeó la contemplación de la prohibición e que la IA sustituya a los trabajadores del sector tras el informe desfavorable emitido por el Consejo de Estado respecto a este punto, busca ahora una segunda oportunidad para la IA Generativa. El organismo valorará de nuevo la propuesta, que entonces fue en forma de Real Decreto, y tendrá que decidir si la aprueba ahora que el Ministerio de Trabajo propone en forma de Ley Orgánica. Por el momento, mañana iniciará el periodo de trámites una vez salga a información pública.
IA Generativa sí, pero condicionada
Fuentes ministeriales aclaran que sí que se va a permitir el uso de la IA Generativa que afecte a trabajadores del sector como actores, traductores, dobladores, guionistas, músicos, bailarines y escritores, entre otros; siempre y cuando se cumplan unos determinados requisitos. La norma obligará a que sea únicamente en el marco del contrato de trabajo, siempre y cuando sea con consentimiento, retribución propia del contrato y solo cuando su uso forme parte del desarrollo de la obra en cuestión, tareas de explotación o publicidad.
Por lo tanto, si un actor de una serie es contratado para una única temporada, el escaneo que le hayan podido llevar a cabo no podrá ser utilizado para una precuela, secuela ni segunda temporada. La empresa no se quedará con una copia digital ni podrá generar nuevo contenido en un futuro con la imagen del intérprete en cuestión. En la misma línea, en caso de que se vaya a utilizar, tendrá que permanecer significativamente a como fueron grabadas, ejecutadas o interpretadas. Es decir, si Netflix te contrata para una película, no puede usar la imagen del actor para generar una escena que no fue grabada.
El Anteproyecto de Ley incluye en una de sus disposiciones la creación de una comisión de estudio del impacto de la IA Generativa en las relaciones laborales. Inspección de Trabajo seguirá siendo el portal al que acudir en caso de que alguna empresa inclumpa con la norma.