Los bancos tendrán que ofrecer intereses en lo cobrado de más a quienes reclamen una cláusula suelo

Fumata blanca. El PSOE ha dado su visto bueno al decreto sobre cláusulas suelo que se ha retrasado durante varias semanas y que, previsiblemente, se aprobará este viernes. El grupo socialista accede a abstenerse en la votación que aprobará en el Congreso la convalidación de la medida que en realidad, entrará en vigor cuando se publique en el BOE, lo cual puede tener lugar este mismo sábado. Tras la publicación, las entidades financieras tienen un mes para adaptarse de forma interna para cumplir la ley.

Una de las novedades del texto, que el PSOE asegura haber arrancando de los borradores iniciales, es la necesidad de que el banco ofrezca a los clientes el cálculo de los intereses sobre lo cobrado de más. Esto no se contemplaba en los textos iniciales y supone un pellizco importante en las indemnizaciones. Con todo, el texto deja abierto el cálculo de este interés sobre lo cobrado de más, que no tiene por qué ser el tipo legal de interés del dinero.

Además, se obliga por ley a comunicar a todos los que tengan una cláusula suelo de la apertura de este proceso de mediación. El texto no concreta cómo se hará esta comunicación, aunque desde el PSOE reconocen que lo lógico sería enviar una carta a los hipotecados con una cláusula suelo. También se puede hacer en las páginas web o en el tablón de anuncios de la sucursal. Se calcula que hay alrededor de 1,5 millones de personas que tienen una cláusula suelo.

Las fuentes consultadas, aseguran que estos son los dos puntos que menos han gustado al sector bancario: la obligación de dar intereses y la de comunicar de forma masiva a todos los que tengan una cláusula suelo. Algunas entidades, como Sabadell, aseguran que sus cláusulas suelo están bien comercializadas, básicamente que son transparentes, por lo que no se prestan a la devolución automática de lo cobrado de más. Sin embargo, tras la absorción de la CAM sí hay muchos clientes que acuden a la entidad catalana aduciendo tener una cláusula suelo de la que no se les informó en el momento de firmar el contrato.

Una vez hecho este anuncio masivo, cualquier cliente tiene derecho a acercarse a su banco y reclamar información de su cláusula suelo. La entidad financiera tiene, por su parte, obligación de comunicarle que hubiera sucededido de no tener una cláusula suelo. Esto es, qué se le ha cobrado de más. En la comunicación es donde se ofrece también el cálculo de los intereses sobre ese montante.

Si entidad financiera y cliente están de acuerdo con la cifra, se cierra el acuerdo. Si no están conformes, pueden recurrir a la vía judicial. En este caso se dan dos tratamientos diferentes. Si el juez reconoce que el banco le debía pagar al cliente una cantidad igual o superior a la ofertada en la comunicación, es el banco el que asume las costas. Pero si el juez ofrece una cantidad inferior, es el cliente el que debe asumir las costas.

Fuentes consultadas aseguran que el incentivo de no tener que correr con las costas es más que suficiente para que los bancos cumplan sus obligaciones en el proceso. Se habla de al menos 4.000 millones de euros en lo cobrado de más por las cláusulas suelo, pero también de un montante en costas que puede ser prácticamente igual.

Fórmula de pago a convenir

En cuanto a la forma para hacer la devolución, el ministro de Economía, Luis de Guindos, ha dicho desde Suiza, donde se encuentra participando en el Foro de Davos, que el Gobierno “no puede meterse en medio de una negociación entre particulares”, que son los usuarios por un lado y las entidades financieras por otro, por lo que no le corresponde decidir cómo debe efectuarse la devolución, en efectivo o con productos bancarios“. En un primer momento se dijo que la devolución se haría en efectivo, pero luego se habló que tendría la forma de amortización de la hipoteca, lo que supone una ventaja para el banco que no tiene que hacer frente de golpe a la devolución, y más tarde de que podría ser en otros productos financieros. De las palabras del ministro se infiere que depende de lo que negocien las partes.

El proceso será gratuito para el que reclama y no tendrá recargo fiscal aunque sí que Hacienda vigilará que se regularice la situación, esto es, que se si desgravó por la parte de la hipoteca una parte que no correspondía con esa situación ahora se abone pero sin penalización.

El plazo de cliente y entidad financiera para aceptar el acuerdo es de tres meses desde que se hace la comunicación de forma individual al hipotecado. Una vez transcurrido este plazo, la oferta decae automáticamente.

No se contemplan sanciones específicas para el banco que no cumpla con las obligaciones contenidas en la norma.

NOTA: En una versión anterior se incluía una errata a la hora de explicar el pago de las costas al estar cambiados de orden las palabras “banco” y “cliente” . Es el banco el que debe asumir las costas si el juez fija una cuantía superior o igual a la ofertada. Pero es el cliente el que debe pagar las costas si la indemnización fijada por el juez es menor que la que había cuantificado el banco.