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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

Los autónomos en Bizkaia deberán tributar las ayudas por cese durante el estado de alarma por el coronavirus

El pleno de las Juntas Generales de Bizkaia ha aprobado este miércoles que las prestaciones recibidas por los trabajadores autónomos por el cese de su actividad con motivo del estado de alarma por el coronavirus se consideren “rendimientos de la actividad económica” y que, por tanto, no estén exentos de pagar el IRPF.

La Cámara ha debatido sobre iniciativas económicas y fiscales para paliar los efectos negativos de la crisis del coronvirus. Entre ellas, el pleno ha aprobado, con los votos a favor de los grupos del Gobierno foral (PNV-PSE) y en contra de la oposición (EH Bildu, Elkarrekin Podemos y PP), un nuevo decreto de la Diputación en el que se “complementan” algunas medidas tributarias adoptadas anteriormente para paliar los efectos de la crisis sanitaria y se introducen determinados “ajustes”.

Entre las medidas aprobadas, según ha explicado el diputado foral de Hacienda, José María Iruarrizaga, el decreto recoge un apartado en el que figura la exención del IRPF para el Ingreso Mínimo Vital, de tal manera que la ayuda tenga el mismo tratamiento fiscal que la Renta de Garantía de Ingresos. Sin embargo, el decreto considera que las prestaciones recibidas por los autónomos por cese de actividad con motivo del estado de alarma “tendrán la consideración de rendimiento de la actividad económica de la persona que genere el derecho a su percepción”.

Esta última medida ha sido criticada por la portavoz del PP en la Cámara foral, Amaya Fernández, quien lo ha descrito como una “subida indirecta” de impuestos a los autónomos y ha dicho que se trata de un “injustificable tratamiento fiscal” para estos trabajadores. “Si bien las prestaciones percibidas como ingreso mínimo vital pasarían a ser rentas exentas de tributación por IRPF, ¿por qué no van a estar exentas también las prestaciones de los autónomos por cese de actividad cuando se trata, sin lugar a dudas, de su particular ”ingreso mínimo vital“? Es tal la excepcionalidad de esta prestación que, en nuestra opinión, no tiene sentido incluirla como un rendimiento de la actividad económica. De hecho, en la norma foral actual existe un amplia casuística de exenciones que podrían ser homologables al caso que hoy nos ocupa”, ha criticado en su discurso Fernández, para después añadir que “los autónomos no se merecen ayudas falsas, no se merecen discursos vacíos que en la práctica están llenos de obstáculos” ni que un gobierno les diga una cosa y haga la contraria porque esta reforma va más allá de la concreta disposición fiscal“.

Entre las medidas aprobadas este miércoles también se encuentra la de que los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) durante la pandemia o por causa de esta “seguirán considerándose trabajadores de la empresa para la que prestaban sus servicios durante el tiempo que dure el expediente”, lo que “desplegará sus efectos” sobre el IRPF y otros impuestos. Con esta medida se busca que  las rentas recibidas del SEPE por los trabajadores afectados por ERTE no computen como un segundo pagador a efectos fiscales en Bizkaia. Además de estas, en el decreto se incluyen medidas como el fraccionamiento de pago, que antes era trimestral y ahora será mensual para las máquinas tragaperras, o la aprobación para realizar actuaciones fiscales mediante videoconferencia o medios similares.

elDiario.es/Euskadi

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