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Sólo para casos de “peligro concreto” y nunca en viviendas: así es el protocolo de las cámaras de grabación de la Ertzaintza

Este miércoles, el consejero de Seguridad, Bingen Zupiria, defendía la importancia de las 'bodycam', las cámaras de grabación que portan en sus uniformes los ertzainas ya de forma generalizada desde hace unos meses. No negaba que había reticencias para su uso -de hecho, ha habido algunos expedientes disciplinarios por ello-, pero insistía en que son buenas para detectar abusos pero también para demostrar cuando la Policía hace las cosas bien frente a quejas infundadas. A instancias de EH Bildu, el propio Zupiria ha entregado al Parlamento el protocolo de uso de esta nueva herramienta. En él se indica que solamente se emplearán en casos de “peligro concreto” y nunca en viviendas, por ejemplo.

El documento es la Instrucción 42 de la Ertzaintza y está firmado por la directora del cuerpo, Victoria Landa. El cuerpo tiene muchos más de estos protocolos. La Instrucción 67 regula la videovigilancia en general, por ejemplo. Históricamente, el más conocido fue la Instrucción 53, con medidas de autoprotección por la amenaza terrorista de ETA. La Instrucción 79 analizó todo lo relacionado con el yihadismo.

El protocolo es bilingüe y tiene 19 folios. Es de 2023 y ha sido revisado ya en cuatro ocasiones, tres veces en 2024 y la última en marzo de 2025. Arranca explicando que hay que diferenciar estas grabaciones de otras que se han podido venir haciendo para investigaciones. La cámara móvil o 'bodycam', que también registra sonido, es ya parte del equipamiento “ordinario” de los agentes de Seguridad Ciudadana y tienen su propio anclaje en el uniforme. Cada una de ellas posee un geolocalizador.

La Ertzaintza señala que han de ser usadas siguiendo el “principio de proporcionalidad”, así como el de “idoneidad”. La premisa añadida es la de “intervención mínima”, porque su empleo toca derechos al honor, a la propia imagen y a la intimidad de detenidos, implicados en las intervenciones o incluso de terceros. La instrucción señala que “la utilización de cámaras móviles por parte de la Ertzaintza exigirá la existencia de un peligro concreto”. Ahora bien, no son admisibles imágenes o sonidos dentro de una casa, pero tampoco en el vestíbulo. Solamente se levantará esta prohibición con autorización judicial o del propietario. Los policías están avisados de que no pueden captar conversaciones “de naturaleza estrictamente privada”. Y que deben cuidar si hay menores o personas de “especial vulnerabilidad”.

¿Cómo se mide ese peligro “concreto”? Se citan casos “flagrantes” de infracciones penales o administrativas, de “riesgo para la vida” de los agentes, de los detenidos o de terceros, “amenazas”, “enfrentamientos”, “acciones tumultuarias o perturbaciones con afectación grave a la seguridad ciudadana”, “incidentes con presencia de armas” o casos de “violencia o intimidación”. Obviamente, no es lo mismo un dispositivo “planificado” que otro “sobrevenido”, de modo que es cada agente el que debe valorar en el terreno todos los condicionantes. Eso sí, hay un “deber legal” de avisar de que se presiona el botón de 'Rec'. Con claridad, se deberá decir en euskera “Jakin ezazu polizia-jardun hau grabatu egingo dela” o “Le comunico que esta actuación policial va a ser grabada” en castellano. Si no se ha podido hacer esto por las circunstancias urgentes, “se dejará constancia” en el informe. Ese reporte deberá incluir el identificador de la cámara, la persona autora de la grabación y otros datos para preservar la “trazabilidad”. La cámara tiene un modo “sigilo” que le permite operar sin la luz roja o señales acústicas por motivos de seguridad.

Si la grabación detecta un delito, se trasladará a un juzgado como mucho en 72 horas. Es el mismo plazo para poner a disposición judicial a un detenido. Si se aprecian ilícitos administrativos (la ley de Seguridad Ciudadana o 'mordaza) se enviarán “de inmediato” a la autoridad competente. Estos materiales serán conservados, pero el resto se destruirán en tres meses.