La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ha aclarado, ante la convocatoria de huelga de docentes de este martes, que los directores de los centros tienen que garantizar la apertura de los centros y “determinar nominativamente las personas cuyas funciones se establecen como servicios mínimos”.
La Consejería ha llamado a la “tranquilidad” de la comunidad educativa extremeña y ha apuntado que los servicios mínimos, “de obligado cumplimiento”, se publicaron el pasado viernes mediante una resolución en el Diario Oficial de Extremadura (DOE). Además, ha subrayado que dicha resolución ha sido negociada y acordada con las organizaciones sindicales (PIDE, CSIF, ANPE, CCOO y UGT-SP) que representan a los docentes y que son los convocantes de la jornada de huelga.
La Junta también ha apuntado que lo contenido en esta resolución está redactado “en los mismos términos que en convocatorias anteriores”. En concreto, ha precisado que en ella se establecen los servicios mínimos para garantizar los servicios esenciales en los centros de enseñanza no universitarios públicos de la región afectados por la huelga, “que son las actividades necesarias para garantizar el derecho a la formación de los alumnos”.
Son también las de dirección del centro que garanticen la realización de la jornada laboral por el personal que no se encuentre en situación de huelga y, en los centros con internado ,las necesarias para atender a los alumnos internos en las horas en las que no sean cuidados por otro personal para garantizar el derecho a la educación del alumnado.
Se debe garantizar también el derecho al trabajo del personal de los centros docentes que no secunde la huelga y el de los padres del alumnado menor de edad al ejercicio de su actividad laboral al coincidir la jornada de huelga con una día laborable, además del cumplimiento de las normas mínimas de convivencia.
Se establece, además, que la persona que ejerza la dirección en los centros no universitarios tiene que garantizar la apertura del centro al comienzo de la jornada escolar y “determinar nominativamente las personas cuyas funciones se establecen como servicios mínimos”, en caso de que no hubiera consenso entre los afectados, y en función del personal con que esté dotado el centro.
Se recuerda, además, que el incumplimiento de la obligación de atender a los servicios esenciales será sancionado de conformidad con la normativa vigente.
El cierre de los centros educativos es totalmente contrario, por tanto, indica la Consejería, a lo dispuesto en la resolución del pasado viernes, “que es de obligado cumplimento”. “Se trata de una jornada de huelga en la que se deben garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa”, ha concluido la Consejería.