La Valedora do Pobo fichó al director de tesis y coautor de libros con su marido para combatir la corrupción

Daniel Salgado

23 de enero de 2026 06:00 h

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La Valedora do Pobo, Dolores Fernández Galiño, nombró subdirector general de la institución y responsable de la entonces recién creada Autoridade Galega de Protección á Persoa Informante, con un salario de 72.000 euros anuales, al director de tesis de su marido y coautor con él de numerosos libros. Lo hizo tras un proceso selectivo resuelto en julio de 2024 y que culminó con una entrevista personal entre la propia Galiño y Ricardo Ron Latas. La ley de Procedimiento Administrativo Común afirma, sin embargo, que las autoridades deben abstenerse en procedimientos en los que exista “interés personal en el asunto de que se trate” o haya “amistad íntima o enemistad manifiesta con algunas de las personas mencionadas”. La anterior Valedora, Milagros Otero, dimitió tras una condena judicial por intervenir en la selección como jefa de servicio de la hija de uno de sus profesores, sobrina de Manuel Fraga, a pesar de que formalmente se había abstenido. En el caso de Galiño ni siquiera medió la abstención. Consultado por elDiario.es, el organismo defiende los méritos de Ron Latas –“los mayores entre los presentados”–, recuerda que no hubo impugnación ni administrativa ni judicial y que “no existieron razones familiares, afectivas, de afinidad política, de interés económico o cualquier motivo directo o indirecto de interés personal con el candidato que pudiera comprometer el ejercicio imparcial y objetivo del nombramiento”.

La relación de Ron Latas con Fernando Lousada Arochena, marido de Fernández Galiño, consta sin embargo en los repositorios académicos digitales. El primero dirigió la tesis del segundo, que la leyó en 2013 en la Universidade da Coruña: El principio de igualdad de mujeres y hombres: en especial, en el derecho del trabajo y de la seguridad social. A partir de entonces, firman conjuntamente varias monografías centradas en el derecho laboral y otros asuntos jurídicos y coordinan otras tantas, además de artículos. Ron Latas es también magistrado suplente –una figura que ejerce funciones jurisdiccionales pero que no pertenece a la carrera judicial y no tiene carácter de profesionalidad– en la misma Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de la que Lousada Arochena es juez titular. Algunas fuentes consultadas aseguran que una amistad íntima une a la pareja con el subdirector general de la Valedora.

La resolución por la que finaliza “el procedimiento de libre designación entre personal funcionario de cualquier administración pública” del puesto de subdirector general de la institución, data del 29 de julio de 2024, está disponible en la página web de la Valedora do Pobo. Unos días después expiraba el mandato de Fernández Galiño, que se mantuvo en funciones hasta que, el pasado diciembre, PP y BNG –segunda fuerza en el Parlamento gallego– alcanzaron un acuerdo para que repita otros cinco años y los nacionalistas propongan a su adjunto. El documento, de 29 páginas, recoge un proceso al que se presentaron 14 candidaturas y en el que el elegido fue Ron Latas. La principal función del trabajo es asumir la dirección técnica superior del análisis, la investigación y la inspección de la Autoridade Galega de Protección da Persoa Informante, en funcionamiento desde noviembre de 2024 en trasposición de una directiva europea. La plaza la creó la nueva relación de puestos de trabajo de la institución, publicada en junio de 2024. La resolución de la Valedora do Pobo incluye los currículums de las personas candidatas. El de Ricardo Ron Latas es con diferencia el más extenso y aunque en él figura su coautoría de numerosos libros, no aparece el nombre de ninguno de los coautores, tampoco el del marido de la Valedora.

El punto número 7 del documento explica que, el 24 de junio de 2024, “la valedora convocó al candidato con el perfil que se consideró más adecuado y completo [Ron Latas] para la realización de una entrevista. Fue el último paso del proceso.

“El procedimiento se realizó de acuerdo con lo establecido en la normativa de aplicación, seleccionándose [a Ron Latas] de forma motivada tanto en el informe como en la resolución”, explica la institución a preguntas de este periódico, “por su experiencia profesional, su formación, dedicación y especialización en la emisión de informes, estudios y dictámenes de carácter jurídico laboral, así como en el desarrollo de labor investigadora de alto nivel”.

El precedente Milagros Otero

Una sentencia del 4 de julio de 2018, emitida por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, concluía que la entonces Valedora do Pobo, Milagros Otero, había incurrido en desviación de poder y arbitrariedad al influir en la resolución del 4 de marzo que nombraba jefa de servicio de Administración e Persoal de la institución a María Puy Fraga, hermana del en aquel momento portavoz parlamentario del PP gallego y hoy diputado en el Congreso, Pedro Puy, sobrina de Fraga Iribarne e hija del catedrático de Derecho Francisco Puy, del que Otero se considera discípula. Ella misma lo admitía en la resolución de abstención por la que, aparentemente, se retiró del procedimiento. En ese documento, Otero argumentaba su inhibición con referencia al artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, aprobada en 1992, y que versa sobre los motivos de abstención en un procedimiento. Uno de ellos, recogido en el apartado a), sería “tener interés personal en el asunto de que se trate”. El c), “tener amistad íntima o enemistad manifiesta” con cualquiera de los interesados (la ley vigente, de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, lo mantiene).

El dictamen del Superior menciona las “numerosas irregularidades en el trámite de abstención de la Valedora” y “la intervención posterior de la titular de la institución pese a la abstención previa, lo cual entraña una flagrante vulneración del procedimiento directamente relacionada con la imparcialidad que ha de regir en este tipo de procedimientos”. El tribunal anuló la resolución en julio de 2018. Un año más tarde, y después de que el Supremo rechazara tramitar su recurso, Milagros Otero dimitió del cargo. La sucedió María Dolores Fernández Galiño.

Para el organismo, no existe paralelismo posible entre el proceso que desembocó en la condena de Otero y el del nombramiento de Ron Latas. “No se da ninguna de las causas de la abstención que prevé la ley”, asegura, y añade que el precedente de la antecesora de Galiño fue “objeto de recurso contencioso–administrativo, por tanto con oposición de persona interesada, y posterior sentencia del Tribunal Superior e inadmisión de recurso de casación por el Supremo”. “Nada de esto sucede en lo que tratamos”, aduce.

La Autoridade Galega de Protección da Persoa Informante

La Autoridade Galega de Protección da Persoa Informante, adscrita a la Valedora do Pobo, comenzó a funcionar en noviembre de 2024, con Ricardo Ron Latas como responsable. El plazo para trasponer la directiva europea que prescribía su constitución estaba a punto de expirar. De no haberla puesto en marcha el Gobierno autonómico, el Estado asumiría su creación. “Su función principal es proteger a los informantes de irregularidades, gestionar canales de información e instruir procedimientos sancionadores”, asegura su página web, “alentar a la ciudadanía a dar el paso de informar es clave en nuestra lucha contra la corrupción y en la promoción de una sociedad más justa”. La regulan la ley gallega de Transparencia e Bo Goberno, aprobada en 2016 –Núñez Feijóo era presidente de la Xunta de Galicia– y la estatal sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y, añade su sede electrónica, “ejerce sus funciones con plena autonomía e independencia, sin que en ningún caso pueda recibir indicaciones o instrucciones de cualquier órgano, autoridad pública o entidad privada”.

Personas al tanto del procedimiento que ha desembocado en el nombramiento de Ron Latas aseguran, en contacto con elDiario.es, que han registrado denuncias anónimas en canales internos del Parlamento y de la Xunta –creados por la misma ley que rige la Autoridade Galega de Protección da Persoa Informante y cuyos responsables deben ser comunicados al organismo– y del Consello de Contas, pero que no ha habido respuesta o los expedientes han expirado.