El oasis ilegal de es Amunts: el castigo millonario a una mansión con anfiteatro construida en un pinar protegido
Un extenso pinar ubicado en la zona montañosa de es Amunts, en el norte de Eivissa, esconde una vivienda terracota de grandes dimensiones y muros de piedra al tradicional estilo ibicenco, como un oasis en mitad de la naturaleza pitiusa. La mansión se rodea, entre otras instalaciones, de una piscina con zona contigua de casi 200 metros cuadrados para camas balinesas, un anfiteatro excavado en el terreno de 165 metros cuadrados, una sauna de barril para exteriores, varias casas de invitados y una terraza pavimentada de 429 metros. En las proximidades, Sant Vicent de sa Cala, uno de los enclaves más idílicos de la isla. El Consell Insular, sin embargo, acaba de ratificar una sanción de 1,4 millones de euros para la propietaria y promotora: la urbanización está construida en una área natural protegida donde la ley, con rotundidad, prohíbe edificar.
El expediente disciplinario se abrió no solo por la ejecución de obras en suelo rústico protegido en el área boscosa de Sant Joan, próxima al límite con el término municipal de Santa Eulària, sino porque la parcela se encuentra situada dentro de un Área Natural de Especial Interés (SRP-ANEI), una de las figuras de mayor protección territorial. Los informes técnicos del Consell concluyen que todas las actuaciones realizadas desde 2013, a partir de una construcción preexistente de dimensiones mucho menores, se llevaron a cabo sin licencia urbanística y resultan incompatibles con la normativa vigente para suelo rústico protegido. Las obras, valoradas por la institución en 591.852 euros, se ejecutaron en la parcela 273 del polígono 9, en la Venda de s'Àguila.
Los trabajos ejecutados sin autorización transformaron por completo la finca original. Además de ampliar la vivienda principal se levantaron cinco edificaciones destinadas a uso residencial y diversas instalaciones exteriores: además de la piscina o la terraza, la propietaria levantó una pérgola que rodea la casa original -construida en 1913-, una instalación fotovoltaica de 92 metros cuadrados y otros espacios auxiliares como lavaderos y cuartos técnicos.
Los trabajos ejecutados sin autorización transformaron por completo la finca original. Junto a la vivienda principal, la propietaria levantó cinco edificaciones destinadas a uso residencial, una piscina, una terraza, una pérgola y una instalación fotovoltaica
La multa llega después de que el pleno de la institución haya inadmitido el recurso de alzada que la dueña de la mansión interpuso contra el acuerdo adoptado en junio de 2024 en el marco del expediente de disciplina urbanística abierto por estos hechos. La resolución, hecha pública por el Consell la semana pasada, agota la vía administrativa y confirma la obligación de restaurar la legalidad vulnerada.
Seis meses para demoler la construcción
La sanción impuesta asciende a 1.479.630 euros, equivalente al 250% del valor estimado de lo ejecutado -el máximo es un 300%-, al tratarse de una infracción calificada como muy grave pero tras haberse iniciado voluntariamente el proceso para la reparación voluntaria del daño. Además del pago de la multa, los propietarios deberán proceder al restablecimiento de la realidad física alterada, lo que implica la demolición de las construcciones incluidas en el expediente y que deberán iniciar en un plazo de seis meses tras presentar el proyecto de derribo y ejecutar en un máximo de tres años. La institución explica a elDiario.es que las obras fueron detectadas en febrero de 2023 en el marco de las labores de inspección urbanística del Consell.
La sanción impuesta asciende a 1.479.630 euros, equivalente al 250% del valor estimado de lo ejecutado. Los propietarios deberán proceder al restablecimiento de la realidad física alterada, lo que implica la demolición de las construcciones incluidas en el expediente
Ese mismo verano, la representación legal de la propietaria presentó un escrito ante la administración supramunicipal en el que manifestaba la voluntad de restablecer el estado original de la vivienda antes de que se resolviera el procedimiento sancionador para acogerse a la reducción del 60% de la multa prevista en la normativa. También pedía más tiempo para ejecutar las obras de demolición.
Meses después, el 16 de octubre de 2023, otro letrado se personó en el expediente en nombre de la propiedad y comunicó que estaba a la espera de obtener la licencia municipal necesaria para iniciar el derribo y, a principios de 2024, la propiedad informó de que el Ayuntamiento de Sant Joan había concedido licencia de demolición. Pero en una inspección realizada el 5 de abril de 2024, los técnicos del Departamento comprobaron que las obras seguían en el mismo estado que en la visita anterior, realizada el 6 de marzo de 2023.
Una construcción de 1913
Sobre la parcela, según los datos del Catastro que ha consultado elDiario.es, existía previamente una construcción que correspondía a otra casa unifamiliar -la original- mucho más pequeña: de 106 metros cuadrados. La vivienda fue proyectada por el arquitecto Francisco Cuevas Raposo y promovida por la mercantil Can Joan Marge S.A en la finca de casi 76.000 metros cuadrados de Sant Joan, señala la misma fuente catastral. Las imágenes disponibles son del 14 de marzo de 2013, aunque en el Catastro consta que la construcción más primitiva se levantó en 1913, junto con un patio residencial de uso propio.
En cuanto al terreno, figura a efectos fiscales como rústico de uso principal agrario, sin división en subparcelas y con presencia predominante de pinar destinado al aprovechamiento forestal. Desde el Consell reiteran que las ampliaciones ejecutadas a partir del año 2013 respecto a la construcción original fueron las que motivaron la apertura del expediente por obras sin licencia al considerarse incompatibles con la ordenación vigente en ese momento.
La mayor protección ambiental
La vivienda de Sant Vicent construida sin licencia se alza sobre un terreno incluido en un ANEI, la figura de mayor protección ambiental creada en 1991 por la Ley de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico del Parlament balear con el objetivo de preservar los espacios de alto valor ecológico, paisajístico o cultural frente a la urbanización intensiva.
La vivienda de Sant Vicent construida sin licencia se alza sobre un terreno incluido en un ANEI, la figura de mayor protección ambiental creada en 1991 por la Ley de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico del Parlament balear con el objetivo de preservar los espacios de alto valor ecológico, paisajístico o cultural frente a la urbanización intensiva
De hecho, el sector próximo a la Cala de Sant Vicent donde se ha erigido la construcción ilegal está protegido desde el mismo año en que se aprobó la ley, que posteriormente se ha sometido a varias modificaciones. En concreto, por su artículo 6, que establece que a efectos de aplicación de la norma, constituye el paraje natural de es Amunts como Área de Especial Protección. Dentro de esta categoría se diferencian, luego, Áreas Naturales de Especial Interés -en la que se incluye la caprichosa vivienda que obliga a demoler el Consell-, Áreas Rurales de Interés Paisajístico y Áreas de Asentamiento en Paisaje de Interés.
Las zonas bajo esta figura de ANEI tienen restricciones muy estrictas: las nuevas edificaciones están prohibidas salvo excepciones puntuales y cualquier actividad que altere su estado natural requiere autorización expresa. La ley de 1991 se reforzó, además, con la Ley de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB) de 2017, que eliminó la prescripción de infracciones en suelo rústico protegido y endureció las sanciones contra construcciones ilegales, dificultando la regularización de obras no autorizadas.
En este marco, las obras detectadas en la Venda de s’Águila han derivado en el expediente de disciplina urbanística con multa de casi 1,5 millones de euros y la obligación de la demolición de las construcciones. La legislación balear contempla que las infracciones muy graves, como construir en ANEI sin licencia, pueden ser sancionadas con montos proporcionales al valor de las obras, obligar a la restauración del terreno y, en caso de desobediencia, imponer sanciones coercitivas mensuales hasta la ejecución de la demolición. Además, la normativa prevé responsabilidad penal, con penas de hasta cuatro años de prisión, para los responsables de edificar en suelo protegido sin permiso.