La Justicia admite el recurso al proceso de estabilización de una opositora con discapacidad

Europa Press

14 de septiembre de 2025 12:29 h

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha admitido a trámite un recurso presentado al proceso de estabilización de funcionarios después de que una aspirante haya sentido vulnerado su derecho por su discapacidad. La demandante, con una enfermedad calificada como rara, tiene reconocida una incapacidad, sin embargo, se enfrentó a su situación y aprobó las oposiciones en el cuerpo de Auxiliar Administrativo.

Tal y como ha relatado a Europa Press, lo hizo porque necesita “vivir, salir de casa”. Eso, ha contado, le ha llevado a preferir trabajar y renunciar a una pensión, pero, ha resaltado, necesita que se lo “faciliten” para situarse en una posición de igualdad basándose, entiende, en lo que le concede la ley.

“No se trata de crear un puesto para mí, ya existen varios que serían adecuados”, ha explicado. Consciente de que va a “empeorar” y, en un futuro próximo, tendrá que renunciar pide una oportunidad para “trabajar y aportar”. Su circunstancia (va en silla de ruedas) le hace requerir poder acceder al cuarto de baño y, en caso de evacuación, no depender de un ascensor, tal y como se refleja en su informe médico.

En este sentido, ha explicado, la Ley de Discapacidad marca que los discapacitados deben poder elegir, con caracter permanente, para partir de una situación de igualdad. “Porque cada uno sabe su problema”, ha resaltado. De este modo, ha presentado un recurso contencioso administrativo contra la resolución por la que se hace pública la relación definitiva de aspirantes.

Se basa en que, aunque se le ha aplicado la preferencia, por discapacidad, en la elección de vacantes ofertadas en el turno libre, dado que también ha habido un proceso de estabilización sin examen, estas personas han tenido “más derecho a elegir que discapacitados y turno libre”.

También en que en la relación de vacantes no consta cuales corresponden al proceso de estabilización y cuales al de concurso oposición. La demanda reclama que en las bases del proceso de estabilización “omitieron decir cual sería el criterio de elección de plazas” y, por tanto, se entiende, afirma, “que se basarían en lo que dice el Estatuto de la Función Publica, y la Ley de Discapacidad, y la Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación”.

El recurso, ha explicado la demandante, se apoya en que a los aspirantes sin examen “se les ha tratado como si fueran de promoción interna” y eso a ella le ha supuesto bajar de un sexto puesto (quinto tras una renuncia) al 41.

La abogada, en la demanda, considera que los aspirantes sin examen “no pueden tener preferencia” sobre el resto “al tratarse de procesos selectivos diferentes”. “Tamaña ilegalidad, arbitrariedad, despropósito y confusión responde a intereses creados que pisotean el principio de igualdad, el de no discriminación, claridad y libre elección, así como los criterios de elección especificados en las bases de la convocatoria”, apela la letrada en su demanda.

Por ello, se solicita la nulidad de la resolución por la no diferenciación de las plazas vacantes en uno (concurso) y otro (concurso oposición) proceso, “que impide a los interesados con discapacidad ejercer su derecho de elección prioritaria”.

Añade que, incluso en la relación de plazas en las que se prioriza la elección por parte de personas que tengan discapacidad, “queda vaciada de contenido” al desconocerse la plaza efectiva. Esto le llevaría a la demandada a aceptar, por ejemplo, una plaza en un edificio de la Administración Pública y encontrarse con que, en su puesto, no llega a la ventana para atender al público.

Trabajar le supone renunciar a la pensión; pero, “trabajar es vivir”, ha considerado. “Me voy a cansar, dormiré mejor, pero quiero salir de mi casa”, ha explicado. La demandante, que ha preferido permanecer en el anonimato, ha insistido en su necesidad de tener una vida plena e inclusiva que sea acorde a su capacidad intelectual, por mucho que su capacidad física le limite.