Condenado un hombre a cinco años y cuatro meses de cárcel por maltratar y agredir sexualmente a su mujer
Un hombre ha sido condenado a cinco años y cuatro meses de prisión por maltratar, amenazar y agredir sexualmente de forma habitual a su mujer. El inculpado, de 38 años, nacionalidad española y vecino de una localidad de la comarca de Pamplona, fue denunciado un año después de que la pareja se divorciase tras una relación de 17 años. La sección segunda de la Audiencia de Navarra ha apreciado las atenuantes de enajenación mental y reparación del daño, puesto que el hombre depositó a la víctima 5.000 euros antes del juicio para hacer frente a la responsabilidad civil, la mitad de lo que se estableció.
El procesado y la denunciante, que comenzaron la relación sentimental en 2007, contrajeron matrimonio en octubre de 2016. Se divorciaron en octubre de 2023 y la mujer interpuso denuncia en enero de 2024. En los últimos años de convivencia, según se considera probado en la sentencia, el acusado “empujaba y zarandeaba” a su esposa, a la que se dirigía “con expresiones ofensivas y de menosprecio”.
Asimismo, según reza la resolución judicial, en el ámbito de las relaciones sexuales que mantenía con su esposa “actuaba con posición de dominio”. Cuando ella en ocasiones mostraba su negativa, él insistía en sus pretensiones sexuales, “entre ellas las de sumisión”, ante lo cual la denunciante terminaba por acceder.
Respecto a este delito, los jueces sostienen que, a tenor de unos mensajes de WhatsApp y del resto de prueba, se evidencia que el inculpado proponía de forma muy habitual prácticas sexuales de sumisión y sexo duro, que no siempre eran inicialmente aceptadas por la víctima, pero que terminaba por acceder para que él tuviera un mejor comportamiento familiar y evitar su mal humor o sus recriminaciones. Para los magistrados, “el consentimiento de la denunciante se encontraba viciado” y el encausado podía percibir que esta no quería dichas relaciones, “lo que constituye un delito de agresión sexual continuado”.
Desde que la víctima decidió separarse en 2017, le decía que, si le dejaba, iba a suicidarse. Asimismo, le amenazaba. Le decía que le iba a atropellar y que iba a matar a sus hijas o a su madre. A consecuencia de todos los hechos padecidos, la mujer padece sintomatología ansioso-depresiva, caracterizada por sentimientos de miedo y desesperanza.
Por su parte, el condenado, según recoge la sentencia, presenta trastorno bipolar sobre rasgos disfuncionales de la personalidad, lo que afectó a sus facultades intelectivas y volitivas de forma moderada-grave en relación a los hechos relatados.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, fija las siguientes penas de prisión: 5 meses por un delito de maltrato habitual, 5 meses por un delito continuado de amenazas y 4 años y 6 meses por un delito continuado de agresión sexual. Además, el condenado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante un total de 9 años y 5 meses y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de 5 años.