El Constitucional rechaza el recurso de Vox y avala la ley de eutanasia

Alberto Pozas

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El Tribunal Constitucional ha decidido rechazar el recurso que el partido ultraderechista Vox presentó contra la ley de eutanasia aprobada por el Gobierno en 2021. La mayoría del pleno ha decidido rechazar las alegaciones del partido del Santiago Abascal y convertir en sentencia la ponencia del progresista Ramón Sáez, que tal y como explicó elDiario.es afirma que la norma “garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida, a la que dispensa un grado de protección que no es insuficiente”. La norma también fue recurrida por el PP.

La formación ultraderechista, que ya fracasó en la fase de cautelares al pedir la suspensión urgente de la ley, presentó un recurso de 87 páginas en el que afirmaba que la norma “vulnera frontalmente el derecho fundamental a la vida”, que su mismo preámbulo es “radicalmente inconstitucional” y que la ley supone “el sacrificio del derecho fundamental a la vida”.

Frente a estos argumentos, la ponencia que hoy ha aprobado el pleno por mayoría de nueve votos a dos entiende que la norma no contradice el artículo 15 de la Constitución que consagra ese derecho a la vida. “La Constitución no acoge una concepción del derecho a la vida y de la protección del bien vida desconectada de la voluntad de su titular, y por ende, indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir”, afirma la ponencia cuyo contenido expuso ayer este periódico.

La misma jurisprudencia española y europea que, según Vox, impiden regular la eutanasia en estos términos, implica todo lo contrario para esta ponencia: la protección de la vida humana no puede oponerse “a la voluntad libre y consciente de su titular”, reza el texto. El recurso, ahora rechazado, apuntaba a la posible inconstitucionalidad de media docena de artículos y tres disposiciones. Entre otros, los que regulaban los requisitos para recibir la prestación de esta ayuda o la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios.

El tribunal de garantías, que solo ha tenido en contra de su decisión los votos de los conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, explican que la Constitución “ofrece cobertura” al derecho a elegir el momento de acabar con la propia vida. La interpretación que hace Vox, explica, no puede crear “un paradójico deber de vivir” ni puede eliminar la capacidad de una persona para “decidir de manera autónoma sobre la propia muerte en situaciones de sufrimiento causado por una enfermedad”.

En sentido contrario, argumenta la mayoría del pleno, el derecho a la integridad física y moral unido a la dignidad protege un ámbito “que ampara la decisión individual, libre y consciente, de darse muerte por propia mano, en un contexto de sufrimiento extremo como el que describe la ley orgánica cuestionada”.

Una Comisión para la “verificación previa”

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia salió adelante en el Parlamento con los votos en contra del Partido Popular, Vox y Unión del Pueblo Navarro. Una norma que permite que los mayores de edad que sufran una enfermedad “grave o incurable” o un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” que cause “un sufrimiento físico intolerable” pueda, de forma “autónoma, consciente e informada” solicitar la asistencia del Estado para morir.

Este derecho, del que quedan excluidos los menores de edad, se solicita por escrito y debe pasar por varios filtros, entre ellos el médico responsable del paciente, un segundo facultativo y finalmente la Comisión de Garantía y Evaluación, encargado de hacer una “verificación previa” de que el solicitante cumple con los requisitos legales. La norma contempla el derecho a la objeción de conciencia de los médicos en este proceso.

En cuanto a cómo debe ser el momento de la muerte, la ley deja en manos del paciente decidir si se hace con una administración directa de los fármacos por parte del sanitario, o si se lo administrará a sí mismo. Las comunidades deciden qué fármacos administrar, aunque la guía de Sanidad incorpora recomendaciones sobre los medicamentos “para que la prestación se realice de forma homogénea en todo el Sistema Nacional de Salud”.