El juez Peinado pregunta a las partes si debe permitir a Begoña Gómez viajar a Turquía y Londres desde el 7 de julio
El juez Juan Carlos Peinado ha pedido a las partes personadas en el caso por el que ha enviado a juicio a Begoña Gómez que realicen cuantas alegaciones consideren antes de decidir si permite que la esposa del presidente del Gobierno viaje al extranjero entre los días 7 y 10 de julio para acompañar a Pedro Sánchez como parte de la delegación española en la Cumbre de la OTAN en Ankara, a la que ha sido invitada oficialmente. Peinado, tras recibir la petición de Gómez ha dado tres días a las partes para que se pronuncien y, dado que el viaje oficial arranca el martes, el magistrado deberá darse prisa para acordar si le devuelve de forma temporal el pasaporte o no.
Fue el pasado 24 de junio cuando Gómez tuvo que entregar, en persona, su pasaporte en el Juzgado de Instrucción número 41. Peinado considera que existe riesgo de fuga por la gravedad de los delitos que le atribuye: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.
Fuentes jurídicas consultadas por elDiario.es explican que, dado que el juez ha recabado la opinión de las partes sobre permitir o no ese viaje, éstas tendrán que presentar sus escritos en el plazo máximo de tres días. Si se tiene en cuenta que la providencia es del 30 de junio, el plazo expiraría el viernes 3 julio, aunque el reloj debe empezar a contar desde que se ha notificado la providencia, y algunas de las defensas consultadas indican que ha sido este miércoles cuando les ha llegado la resolución, lo que podría llevar a que alguna de las alegaciones pudiera ser recibida el lunes 6 de julio. Esto es un día antes del viaje.
Así, Peinado debería ser rápido en responder una vez tenga en su poder las alegaciones para que a la esposa del presidente del Gobierno le dé tiempo a cumplir con la agenda internacional que se le ha marcado por el estatus de jefe del Ejecutivo de su marido.
A pesar de los tiempos ajustados, la acusación popular, dirigida por HazteOir, ya ha presentado su escrito al respecto, en el que rechaza que Begoña Gómez pueda acompañar a la delegación española a la cumbre de la OTAN. “Vengo a formular oposición definitiva y total a la referida solicitud”, indica, para luego fijarse en que Gómez quiere no solo viajar a Ankara sino también el día 10 de julio a a la graduación de su hija en Londres, “dos desplazamientos de naturaleza bien distinta”.
No quiere que viaje a ninguno de los dos destinos. Pero se centra primeramente en el viaje a Londres para indicar que el alzamiento de la medida cautelar “exige el más riguroso escrutinio y solo puede justificarse ante una necesidad imperiosa y debidamente acreditada”. “La asistencia a un acto de graduación, por íntimo que sea, no constituye necesidad de tal entidad cuando la investigada se halla formalmente procesada y pendiente de enjuiciamiento”, recalca. Suma esto que el viaje a Londres se realizaría desde Ankara “en vuelo comercial y sin cobertura oficial alguna, lo que significa que, ya desde la salida quedaría fuera de todo control institucional español”.
Entiende HazteOir, además, que desde el 'brexit' la cooperación entre países “ha experimentado una merma significativa respecto al régimen anterior de la euroorden” lo que provoca que una eventual extradición pudiera presentar “mayores demoras y condicionamientos” que en el pasado. Esto, “debilita las garantías de recuperación inmediata de la investigada en caso de que decidiera no regresar voluntariamente al territorio nacional”.
Por otro lado, sobre la asistencia a la cumbre de la OTAN, HazteOir indica que ninguna norma de rango legal recoge la figura de la primera dama y que, por tanto, Begoña Gómez no tiene ninguna función institucional, ni representación del Estado o del Gobierno, ni atribución competencial de especie alguna. Por eso, entiende que su asistencia a la cumbre no es necesaria, y recuerda, además, que “la invitan a un programa paralelo, es decir, a un conjunto de actos de carácter cultural y protocolario ajenos por completo a la agenda oficial de los Jefes de Estado y de Gobierno”.
A esto, añade que el destino elegido —Turquía— agrava de manera particular el riesgo de fuga porque se trata de un Estado ajeno a la Unión Europea, “no vinculado por el sistema de la orden europea de detención y entrega, y respecto del cual los mecanismos de extradición resultan notoriamente más lentos, inciertos y sujetos a condicionamientos de oportunidad política”.