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Irache critica la aplicación de convenios entre aseguradoras en los accidentes de tráfico

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

Estos acuerdos, explica la asociación, “hacen que, cuando el coche de un ciudadano es golpeado, la reparación de los daños los pague su propia aseguradora aunque el vehículo responsable de la colisión sea otro. A cambio, la compañía del vehículo responsable debe pagar un módulo ya determinado en los convenios, independientemente del coste de reparación del caso en cuestión”.

Irache ha señalado que “si bien se supone que estos convenios permiten agilizar los trámites y los pagos de las indemnizaciones, lo cierto es que habitualmente generan confusión en el ciudadano, que ve cómo tiene que negociar con su propia aseguradora aunque ha sido otro vehículo el que le ha producido los daños”.

Además, “habitualmente las ofertas indemnizatorias del seguro son menores que los presupuestos que realizan los talleres independientes sobre un mismo vehículo”, con el objetivo de “abaratar la indemnización”, lo que supone “rebajar la calidad de la reparación”, ha criticado la asociación.

Para Irache, estos convenios “hacen que se dé una situación contradictoria”. “En la mayor parte de las pólizas está cubierta la reclamación de daños o defensa jurídica con el fin de que su compañía defienda los intereses del cliente frente a un tercero responsable de un siniestro; pero en la práctica, con estos convenios, en mucha ocasiones la propia compañía del cliente trata de rebajar la indemnización ya que es ella quien la va a tener que pagar”, ha explicado.

Por otro lado, la asociación ha censurado que en algunos casos la compañía “alude a la póliza suscrita por su cliente para pagar solo el valor venal del vehículo”. “Una treta”, ha asegurado, “ya que en ningún momento, cuando un vehículo ha sido golpeado por otro, entra en juego la póliza que tenga suscrita el coche ”víctima“, sino que actúa lo que se conoce jurídicamente como responsabilidad civil y que tiene como fin reclamar la reparación del daño”.

Irache ha explicado que desde el 1 de julio de 2016, la ley del seguro obligatorio determina que las compañías “deberán adherirse a los convenios de indemnización directa entre entidades aseguradoras para la liquidación de siniestros de daños materiales”. En este sentido, ha indicado que la cobertura de daños personales “no son obligatorios” en estos convenios pero “se dan con bastante frecuencia y no siempre repercuten en una mayor protección para la víctima”.

Por todo ello, la asociación ha destacado que, en caso de accidente, “es fundamental contar con documentación que demuestre quién es el responsable”, en especial un atestado policial. A partir de ahí, dar parte al seguro, si se tiene cobertura de reclamación de daños, o si no, al seguro del vehículo responsable, “siempre por escrito y de forma fehaciente”. “Tras la valoración del perito, es importante que el seguro le entregue la oferta de indemnización por escrito”, ha remarcado.

Irache ha aconsejado “llevar desde el principio el coche a un taller de su confianza”, de forma que “si considera que el seguro no está ofreciendo una indemnización justa, el taller puede elaborar un informe sobre los daños sufridos por el vehículo”.

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