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Los inquilinos recurren a la Justicia para evitar que Alquiler Seguro cobre una comisión 'camuflada' de otros servicios

Integrantes del Sindicato de Inquilinas de Madrid ante los Juzgados de Plaza de Castilla en Madrid.

Cristina G. Bolinches

25 de abril de 2024 22:06 h

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Desde que se aprobó la Ley de Vivienda muchos inquilinos –o aspirantes a serlo– han visto cómo las agencias que intermedian en los alquileres han elevado los requisitos que piden. Por ejemplo, exigen cobrar por ir a ver un piso, por reservarlo o prefieren hacer el contrato a parejas porque entienden que son más solventes.

También, cómo algunos intermediarios exigen el cobro de un importe equivalente a una mensualidad, no en concepto de intermediación de agencia, como sucedía antes de que se aprobase la Ley de Vivienda, sino bajo el argumento de que con ese dinero se prestan servicios a los arrendatarios mientras están viviendo en ese piso. Una práctica que los sindicatos de inquilinos denuncian como un cobro camuflado de la extinta comisión de intermediación en el alquiler.

La Ley aprobada hace casi un año establece que “que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato sean a cargo del arrendador”. Sin embargo, según los sindicatos, ese cobro se mantiene aunque ahora se hace con otro nombre.

“No nos han dejado otra opción”

Este jueves, el Sindicato de Inquilinas de Madrid ha presentado tres demandas ante los Juzgados de Plaza de Castilla en nombre de tres afiliados, Alfonso, Rodrigo y Sandra, al entender que Alquiler Seguro les habría cobrado honorarios de manera ilegal. Explican que han pagado el mismo importe de una mensualidad bajo el concepto de “servicio de atención al inquilino” que los arrendatarios “no reciben, no firman y del que no pueden desistir”, aseguran.

El Sindicato explica que ya se había denunciado esta práctica ante la Dirección General de Consumo. “Casi un año después aún no hay ningún tipo de respuesta ni actuación”, indican.

“Esto manifiesta una dejación absoluta de funciones de la administración y deja en evidencia uno de los aspectos que señalamos desde el Sindicato con la aprobación de la Ley de Vivienda, es un sinsentido aprobar una ley sin acompañarla de un régimen sancionador que multe a quien la incumpla”, explican. También, que han vivido situaciones similares con otras agencias en las que han denunciado el cobro de este tipo de comisiones pero que empresas, finalmente, acabaron desistiendo.

“A raíz de la Ley de Vivienda cobrar el mes de agencia a los inquilinos es ilegal. En nuestro caso no ha sido así. Lo hemos reclamado, hemos pedido desestimar ese supuesto servicio de atención al inquilino y no han querido”, asegura Rodrigo, uno de los demandantes. “Lo reclamamos por vía judicial porque no nos han dejado otra opción”. 

“Ellos argumentan que, por contrato, no se puede desestimar ese servicio que nosotros decimos que es falso, es una forma encubierta de cobrar el mes de agencia. Incluyen, por ejemplo, la gestión del contrato, que nos ayudan, teóricamente, con temas judiciales, a través de una plataforma online”, añade Alfonso. “Hace nada se nos rompió la caldera y ellos en su web tienen un área de servicio donde tienes que indicar que te ha pasado esa incidencia. En teoría, tú pagas un mes más el IVA para que te cubran esos servicios, pero la respuesta fue que llamásemos nosotros al seguro. Un seguro que, además, ellos nos han obligado a contratar”. “No nos han contestado nunca. Hemos pedido por escrito de forma amistosa, el desistimiento de ese servicio y la devolución del dinero, de la mensualidad más el IVA, pero no han contestado”, resume Rodrigo.

Incidencias y asesoramiento jurídico

Sergio Cardona, responsable de Calidad y Compliance de Alquiler Seguro, indica a elDiario.es que “a día de hoy” no “ha recibido ningún tipo de demanda por vía civil sobre este tema”. Afirma que la empresa “cumple con la Ley de Vivienda y, en ningún caso, cobra a los inquilinos de los inmuebles que gestiona los gastos de formalización y gestión del contrato de alquiler, que recaen en el arrendador”, sino que es un servicio que “ya se prestaba con anterioridad” a la entrada en vigor de la Ley de Vivienda.

“El servicio de atención al inquilino no es obligatorio, e incluye una serie de prestaciones a disposición de los usuarios, entre las que se incluyen el alta y seguimiento de incidencias o asesoramiento jurídico”. “Con la contratación de este servicio, el inquilino recibe un conjunto de prestaciones durante toda la vigencia del contrato y hasta su finalización” y que informa de ellas a través de su página web. Entre ellas cita, además de la gestión de incidencias, la gestión de suministros energéticos o servicios financieros como “préstamos blandos, mediante los cuales puede dejar de pagar la renta un mes y abonarla de forma prorrateada en los siguientes meses”.

Cardona también apunta que la compañía cuenta “con 100 personas que atienden las necesidades de inquilinos y propietarios” y que “al año, atiende más de 160.152 llamadas, de incidencias, gestión integral y contratos”.

Las críticas del Sindicato de Inquilinas y el proceso en marcha no es el único. A finales del año pasado, la organización de consumidores Facua denunció a la misma agencia ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid y ante el Ministerio de Consumo “por prestarles un servicio de atención, pese a que estos no lo solicitan”.

Facua también denunció que “la inmobiliaria también señala que este servicio incluye, entre otros, el asesoramiento para las gestiones de cambio de titularidad de los suministros energéticos, el asesoramiento jurídico sobre el contrato de alquiler e incluso resolución de siniestros e incidencias, una gestión que en muchos casos corresponde al propio arrendador”.

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