La Audiencia de Sevilla prohíbe al exCEO de la productora de Canal Sur acercarse a la reportera que le acusa de agresión sexual

Daniel Cela

Sevilla —
4 de noviembre de 2026 00:18 h

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El exCEO de la productora de Canal Sur, Gustavo Fuentes, no podrá acercarse a menos de 100 metros de la reportera que le ha denunciado por agresión sexual, acoso sexual continuado y acoso laboral ni comunicarse con ella “por cualquier medio” mientras dure la investigación que instruye el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 5 de Sevilla.

La Audiencia de Sevilla ha impuesto una orden de alejamiento contra el exdirector general de Andalucía Digital Multimedia S.A. (ADM), copropiedad del Gobierno andaluz, al considerarla las medidas cautelares solicitadas por la reportera “necesarias para la adecuada protección de la presunta víctima” y ante “la probabilidad de que hechos como los denunciados pudieran volver a producirse”, según consta en el auto, al que ha tenido acceso este periódico.

El tribunal provincial, compuesto por tres magistrados, ha aceptado las medidas cautelares de protección solicitadas por la reportera hace diez meses, cuando interpuso la denuncia contra su jefe, revocando así los autos del Juzgado instructor que denegaron esas medidas en dos ocasiones anteriores (febrero y marzo) al considerar que “no existía riesgo para su integridad física”.

Entonces, la instrucción estaba en fase muy temprana (sólo constaba la denuncia y las declaraciones juradas de siete testigos). Ahora, la Audiencia de Sevilla ha tenido en cuenta las primeras diligencias de la investigación, incluida la declaración de Gustavo Fuentes y de dos de las testigos de la acusación, y ha corregido la decisión del juez instructor, Francisco José de Córdoba, al apreciar que “constituyen indicios de la realidad de la versión de la denunciante las diversas testificales obrantes en la causa, que corroborarían siquiera periféricamente el relato de la misma”.

Los tres magistrados de la Audiencia han ponderado la versión del acusado y de la denunciante -“que ofrecen versiones divergentes sobre lo ocurrido”- y concluyen que la orden de alejamiento en un ratio de 100 metros y comunicarse con ella son medidas “necesarias”, “vista la entidad de la intimidación” ejercida por el productor, “consistente en haberla sometido a una prolongada situación de acoso sexual y laboral, que habría puesto en riesgo su integridad física y emocional y su libertad personal”.

También se tiene en cuenta que en enero de 2025 “la denunciante sufrió una crisis ansioso-depresiva” en el lugar de trabajo, que aún compartía con su jefe, “que determinó su baja laboral y posterior excedencia”. La Audiencia ha dado avisó a la Policía Nacional para que vele por el cumplimiento de estas medidas de protección para preservar su integridad física.

Gustavo Fuentes era el CEO de una de las productoras más potentes del sector audiovisual andaluz: ADM, una empresa público-privada cuyo accionista mayoritario es la propia Junta de Andalucía, y asociada a la Radio Televisión Pública de Andalucía (RTVA), su principal cliente.

El directivo mantenía una estrecha relación con el Gobierno de Juanma Moreno, que también le confió la presidencia del Clúster Audiovisual de Andalucía, un conglomerado de empresas del sector, fruto de la estrategia digital impulsada por el consejero de la Presidencia, Antonio Sanz.

El pasado febrero, una reportera de ADM presentó una denuncia contra él por delitos sexuales, adjuntando siete declaraciones juradas de otras trabajadoras y exdiretivos de la empresa corroborando las agresiones sexuales y situaciones de acoso sexual y laboral.

El escrito venía acompañado de 175 páginas de mensajes de WhatsApp “de índole sexual” enviados desde el teléfono de Gustavo Fuentes a la víctima entre 2018 y la actualidad, describiendo tres agresiones sexuales, aportando el lugar, la hora y testigos que escucharon lo sucedido el mismo día que ocurrió o poco después.

El 25 de marzo el juez tomó declaración a la periodista y, ese mismo día, dictó un auto citando a Gustavo Fuentes como imputado por un delito contra la libertad sexual y otro de acoso sexual continuado, castigado con pena de prisión de uno a cuatro años (en el primer caso) y de cinco a siete meses (en el segundo, cuando existe “prevalimiento de autoridad o superioridad laboral”).

Fuentes tenía que haber declarado ante el juez la segunda semana de mayo, en plena campaña para las elecciones andaluzas, pero cambió de abogado en el último momento y su citación se pospuso.

El pasado 9 de junio, elDiario.es reveló que el CEO de la productora de Canal Sur estaba siendo investigado por agresión sexual a una reportera desde hacía dos meses, una información que conocían otros directivos de la productora y de la dirección de la RTVA, como pudo confirmar este periódico.

24 horas después de la noticia, el Consejo de Administración de ADM le cesó de sus funciones -primero de forma “temporal” y al día siguiente de manera “definitiva”-. Gustavo Fuentes también fue destituido como presidente del Clúster Audiovisual.

En conversación con este periódico, ese mismo día, negó rotundamente las acusaciones, aseguró que se trataba de una “denuncia falsa” y vaticinó que “todo quedaría en nada” porque tanto el juez instructor como la Fiscalía habian rechazado las medidas cautelares de protección solicitadas por la víctima, el 9 de febrero, al no percibir riesgo para su integridad física.

Diez meses para unas medidas de protección

El auto de la Audiencia de Sevilla, fechado el pasado lunes, corrige parcialmente aquella decisión, después de que el abogado de la reportera presentara un recurso de reforma (también rechazado) y posteriormente un recurso de apelación ante el tribunal provincial, que acaba de resolver a favor de las medidas de protección solicitadas.

Gustavo Fuentes fue citado el pasado jueves ante el juzgado para ser informado de la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la denunciante ni de comunicarse por ella en persona, por teléfono o por medio de cualquier tipo de interacción por redes sociales.

La primera vez que se deniegan las medidas cautelares solicitadas por la periodistas, el tribunal de violencia sobre la mujer encargado de valorar la denuncia contra Fuentes por agresión y acoso sexual no tenía aún a un juez titular, y la decisión la adoptaron los sustitutos provisionales. El recurso de reforma sí fue rechazado, el pasado 25 de marzo, por el magistrado que actualmente instruye la causa, Francisco José de Córdoba.

Desde entonces hasta ahora, se han practicado varias diligencias -incluida la declaración de la víctima, del acusado y de varios testigos clave propuestos por la acusación- que han influido en el cambio de criterio por parte de la Audiencia de Sevilla.

La orden de alejamiento contra Gustavo Fuentes -originalmente se pidió que el radio de distancia de protección fuera de 500 metros- avala la tesis de que hoy existen indicios delictivos más sólidos que hace diez meses, cuando la mujer denunció a su jefe.

El pasado 21 de julio, el productor de Canal Sur declaró ante el juez que nunca agredió ni acosó sexualmente a una de sus empleadas, aunque admitió que tuvo un “tonteo mutuo, no consumado, pero siempre ”consentido“ por parte de la reportera que lo ha denunciado por tres agresiones sexuales –en 2013, 2022 y 2023–, por acoso sexugal continuado y por acoso laboral (aunque este último delito quedó fuera de esta causa porque el juez se declaró no competente). Gustavo Fuentes respondió a las preguntas del juez y de su abogada y quedó en libertad sin medidas cautelares.

Media hora antes de su declaración, dos testigos habían ratificado ante el juez la “obsesión” que el exCEO de la productora sentía hacia la periodista y la “presión sexual” a la que la sometía. “Ella le tenía pánico, verdadero miedo”. “Cuando la conocí, era una persona poderosa, simpática, divertida, y he visto cómo cada vez se ha ido haciendo más chiquitita”, advirtieron en sede judicial, según fuentes presentes en el interrogatorio.

La testigo “fundamental” para la acusación había sido número dos de Gustavo Fuentes en la productora, con una relación directa con él, y declaró a preguntas del juez que el acusado llegó a pedirle “que la despidiera porque se la estaba follando otro compañero”.

Tanto la exdirectiva como la otra testigo –una amiga a la que confesó las agresiones sexuales el mismo día en que se produjeron– coincidieron también en relacionar el “deterioro” físico y psicológico que sufre actualmente la periodista con el estado de “miedo” y “ansiedad” que experimentó durante los años que trabajó bajo las órdenes del directivo imputado.

La Justicia no consideró necesario dictar una orden de alejamiento para proteger a la reportera tras presentar la denuncia, adjuntando la declaración jurada de siete testigos. Sin embargo, cuando acudió al juzgado a declarar, el pasado 25 de marzo, fue atendida por el personal del SAVA, el Servicio de Asistencia a Víctimas de Andalucía, dependiente de la Junta, que le hizo una valoración psicológica y un análisis de su estado de “vulnerabilidad”.

El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) sí percibió los riesgos propios de una víctima de violencia de género y empezó a abordar este caso como tal, facilitando a la denunciante el dispositivo ATENPRO, un recurso de teleasistencia que ella lleva consigo en todo momento y que le permite, con sólo apretar un botón, avisar a la Policía, que la tiene geolocalizada siempre. El IAM, órgano dependiente de la Consejería andaluza de Igualdad, también ofrece ayudas a las víctimas de violencia de género, no sólo dentro de la pareja.

“Amenazas y coacciones” a la testigo clave

Gustavo Fuentes no sólo está imputado en esta causa por delitos sexuales. Existe una derivada de este caso que también ha dado pie a una segunda investigación contra el productor, tramitándose en el Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla, a raíz de una denuncia interpuesta por la testigo clave, acusándole de “amenazas y coacciones”.

La jueza María Elena Contreras ha incoado diligencias previas al apreciar que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito contra la administración de justicia de la Corte Penal Internacional y obstrucción a la justicia, derivado de un delito de coacciones y amenazas contra un testigo en un procedimiento penal.

La denunciante presentó un escrito para personarse como acusación particular contra el que fue su jefe directo durante varios años en la productora ADM. El día en que debía ratificar su denuncia ante la jueza, la abogada de Gustavo Fuentes se presentó para personarse también en la causa y para defender que el móvil de su cliente, desde donde se enviaron los mensajes amenazantes a su exnúmero dos, había sido “hackeado”.