Las cámaras de comercio canarias se ofrecen para gestionar los fondos europeos de reconstrucción

Una mujer limpia el acceso a un comercio en Las Palmas de Gran Canaria

Europa Press

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Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias han vuelto a ofrecerse al Gobierno regional para proceder a la gestión de fondos europeos de recuperación Next Generation, ya que se prevé un “importante volumen” de dinero que tendrá que gestionar la comunidad autónoma.

En este sentido, el presidente de la Cámara de Comercio de Gran Canaria, Luis Padrón, ha querido subrayar que las “cámaras canarias podrían ser de gran ayuda para el Ejecutivo --regional-- en su objetivo de agilizar la tramitación de expedientes” para que los recursos lleguen “cuanto antes y se evite una mayor caída” de la actividad económica.

Añadió, según ha informado la institución cameral de Gran Canaria, que los puntos fuertes de las cámaras “son la operatividad, con un equipo de tramitadores preparados; las infraestructuras de las que dispone; la viabilidad territorial, con oficinas en todas las islas y principalmente la experiencia demostrada como entidades colaboradoras de las Administraciones Públicas en anteriores programas de subvenciones”.

En cuanto a la experiencia en la gestión de programas de las administraciones públicas, se refirió a las líneas de ayudas COVID-19 del Estado a empresas y autónomos que han sido gestionadas por las cámaras a partir de un convenio con la Consejería regional de Economía, Conocimiento y Empleo y que tenían una dotación de 1.144 millones de euros.

También se ha referido al convenio de colaboración con el Instituto Canario de la Vivienda para la gestión de las subvenciones de los programas de ayuda al alquiler.

Las Cámaras, como corporaciones de Derecho Público, tuteladas por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, cuentan con personalidad jurídica y plena capacidad legal como entidades colaboradoras con las Administraciones Públicas. Según establece la Ley Básica de Cámaras de Comercio, en su artículo 5.2 Ley 10/2019 de 25 de abril, pueden desarrollar cualquier función que pueda ser asignadas por las comunidades con arreglo a los instrumentos que establece el ordenamiento jurídico.

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