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Las compañías aéreas no podrán cobrar por segunda maleta

La Comisión de Fomento del Senado ha aprobado este jueves una enmienda del senador de Coalición Canaria (CC) por la isla de El Hierro, Narvay Quintero, que impedirá a las compañías aéreas cobrar a los pasajeros por el número de bultos y las obliga a cobrar una tasa complementaria sólo en el caso de que el equipaje supere el peso y el volumen establecido en el reglamento vigente.

La enmienda a la Ley de Navegación Aérea aprobada por la Cámara Alta, en la sesión celebrada este jueves, señala textualmente que “el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los reglamentos”.

Asimismo, “no se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo.”

La enmienda defendida por CC establece que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.”

Quintero señala en un comunicado que “con la aprobación de ambas enmiendas, se impedirá el abuso que supone el cobro de una tasa complementaria por la facturación de una segunda maleta, independientemente de su peso y tamaño, y se zanja una polémica abierta de manera innecesaria por las compañías aéreas”.

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