Industria retira a E.ON la obligación de vender activos de Endesa
El Ministerio de Industria ha eliminado las obligaciones de desinversión o cesión de activos de Endesa impuestas a E.ON por la Comisión Nacional de la Energía (CNE), pero mantiene la condición relativa a la venta forzosa de la eléctrica si un tercero adquiere más del 50% de la compañía alemana.
Además, el grupo energético alemán tendrá que mantener los actuales compromisos de Endesa en la gestión, aprovisionamiento o inversiones en gas y electricidad, tal como estipuló la CNE, según la resolución de los recursos de alzada presentados contra la resolución del regulador energético que este sábado ha difundido Industria.
En cuanto al resto de las condiciones, que se refieren a aspectos financieros y al futuro del grupo empresarial de Endesa, se formulan de manera más precisa, estableciéndose un límite temporal de entre tres y cinco años para su cumplimiento y se eliminan aquellas que resultan incongruentes con los cambios que introduce el recurso.
El departamento que dirige Joan Clos ha utilizado los recursos de alzada de E.ON, Iberdrola y Endesa para adaptar los requisitos impuestos por la CNE a la alemana para hacerse con la eléctrica española a la normativa europea, tal como ha exigido la Comisión Europea (CE).
Industria ha resuelto los recursos de Iberdrola y Endesa en los mismos términos que el de E.ON, al considerar que su pronunciamiento sobre las condiciones de la CNE es suficiente.
Los recursos presentados por Gas Natural y la Asociación de Accionistas Minoritarios de Endesa no han sido admitidos al carecer de la condición de interesados en el expediente.
No obstante, Industria ha contestado subsidiariamente a las alegaciones de la asociación de accionistas de la eléctrica en el mismo sentido que en el recurso de E.ON.
Según puntualiza el Ministerio, la respuesta a los recursos de alzada se produce una semana antes del final del plazo de que disponía, que concluía el 10 de noviembre próximo.
El pasado 27 de julio, la CNE aprobó la opa de E.ON, aunque condicionó la autorización al cumplimiento de diecinueve requisitos, entre ellos la obligación de enajenar 7.390 megavatios de Endesa (las centrales de carbón nacional, los activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, y la central nuclear de Ascó I), el 30 por ciento de su potencia instalada en España.
Además, obligó a E.ON a ceder la gestión del resto de las nucleares participadas por Endesa: Santa María de Garoña, Almaraz I y II, Ascó II, Vandellós II y Trillo.
La CE consideró que 18 de las 19 condiciones contravenían la normativa europa y el 18 de octubre pasado, abrió un procedimiento de infracción contra España.
Industria considera que las obligaciones de desinversión y de cesión pueden retirarse sin menoscabar los intereses de garantía y calidad del suministro que se pretenden proteger, por lo que se resuelve su supresión.
Sin embargo, mantiene la potestad que se reservó el regulador energético para obligar a E.ON a vender Endesa si durante los próximos diez años un tercero compra, directa o indirectamente, más del 50 por ciento del grupo energético alemán, y la equipara a la resolución adoptada en 2002 por el Ejecutivo alemán que autorizó la integración de E.ON con Ruhrgas. Esta condición no fue recurrida por E.ON.
El Gobierno de Alemania puede obligar a E.ON a vender su filial gasista Ruhrgas a otra empresa si el grupo germano es adquirido por una compañía que pueda perjudicar los intereses del país en materia energética, en especial en lo referente al suministro de gas.
Por otro lado, Industria se reafirma en la respuesta al recurso de E.ON en la “validez y plena aplicabilidad” del Real Decreto-Ley que amplió las competencias de la CNE, aprobado en marzo pasado, y que permitió al regulador energético pronunciarse sobre la opa.
Asimismo, el Ministerio ratifica los factores de riesgo para la seguridad, garantía y calidad del suministro valorados por la CNE (importancia cualitativa de Endesa para España, dependencia energética del exterior, desplazamiento del centro de toma de decisiones, perdida de capacidad de supervisión por parte de la CNE y ausencia de un verdadero mercado europeo de la energía).