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El contratista del Hospital no recibirá 2,5 millones de indemnización

La Gomera Ahora

San Sebastián —

El Tribunal Supremo (TS) considera que no hay nada que objetar desde el punto de vista legal a los retrasos que experimentaron las obras de construcción del Hospital Insular de La Gomera. Por ello, descarta la petición cursada ante los juzgados por parte de la Unión Temporal de Empresas (UTE) adjudicataria de estos trabajos Mazotti, VVO Construcciones y Proyectos SAA y Pedro Luis Darias para ser indemnizados por 2,5 millones más los intereses legales.

Ya el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en 2011 había rechazado que esta petición tuviera base alguna, lo que viene a ser ratificado ahora con una sentencia firme. Los retrasos fueron debidos a la existencia de una línea de telefonía, otra de alta tensión que tuvieron que ser cambiadas de trazado y la imposibilidad de cerrar en plazo la expropiaciones necesarias. Sin embargo, se recuerda que en el año 2005 se reajustaron las anualidades en 15 millones frente a los 7,1 inicialmente previstos a petición del contratista por la ejecución de más obras de las proyectados para ese ejercicio.

La Sala considera que el Gobierno canario fue “muy generoso” sobre todo si se aceptan las manifestaciones del recurrente señalando que no pudo iniciar los trabajos hasta junio de ese año, con lo cual “tendríamos que admitir que la Administración le abonó a los seis meses efectivos de su realización de actuaciones decasi las 2/3 partes del precio del contrato”. El ejecutivo autónomo invoca este anticipo como causa del beneficio económico-financiero de la empresa que incumplió el plan de devolución de esta cantidad y que se cifra en 521.000 euros. Por lo tanto el fallo dado a conocer ahora apunta a que no consta que las obras se retrasaran por la preexigencia de cambiar las lineas. “La empresa incluso solicitó un anticipo por la buena marcha de los trabajos que le fue concedido y a su vez dispuso del doble de la cantidad inicialmente contemplada para 2005”, rartifica el Supremo.

En general se considera que la obra pasó de costar casi 24 millones a suponer un sobrecoste de tres millones más, un 11,5% superior al previsto. En cuanto a la indisponibilidad de los terrenos sobre los que no se pudo trabajar hasta el año 2008, sólo afectó a 1,8 millones, lo que equivale al 7,8%. Sin embargo, la Sala determina que siempre existió “buena sintonía” entre el Gobierno y la UTE para poder continuar los trabajos y resolver los problemas que se iban planteando. Argumentos todos ellos recogidos en la primera de estas sentencias y que han venido a ser ratificados ahora.

El Gobierno también puso sobre la mesa un informe de la Dirección Facultativa en el que se rechazaba la indemnización en cuanto que nunca se acordó la suspensión de las obras, ésta ni siquiera fue solicitaba por el contratista y porque en ningún momento se generaron daños y perjuicios efectivos. En este documento se admite que en 2005 la obra se encontraba tan adelantada que se había superado el volumen ejecutado previsto. La empresa cuantificó el retraso en 19 meses y sobre esta base calculó la indemnización, pero el Supremo considera que la estimación no es exacta ya que la paralización sólo afectó a una parte de la obra, como era el edificio de urgencias, al de instalaciones y a la urbanización del frente del primero, pero no a la totalidad del hospital.

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