'El Día', condenado por vejar el honor de Rivero

El periódico tinerfeño El Día y su editor, José Rodríguez, han sido condenados a indemnizar a Paulino Rivero con 60.000 euros de forma solidaria, por intromisión ilegítima en el derecho al honor del presidente del Gobierno de Canarias.

En sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santa Cruz de Tenerife, hecha pública este jueves por el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), la magistrada María del Carmen Serrano Moreno estima parcialmente la demanda de Rivero -había solicitado 250.000 euros de condena- y asume la petición del Ministerio Fiscal, de 60.000 euros.

La condena, contra la que cabe recurso, obliga a Rodríguez y su periódico a retirar de forma definitiva de la hemeroteca de las ediciones impresa y digital la cantidad ingente de editoriales, artículos y comentarios que “constituyen una lesión del honor” de Rivero, desde el primero de ellos, fechado el 7 de junio de 2011, a raíz de no acceder la extinta Radio El Día a las concesiones de licencias e iniciarse una campaña de ataques hacia el presidente canario.

Del mismo modo, insta a José Rodríguez a “abstenerse en lo sucesivo de realizar intromisiones ilegítimas en el derecho al honor” de Rivero, tanto en sus medios como en cualquier otro. La magistrada no ha condenado a las costas.

A lo largo de catorce folios de sentencia, en la que la magistrada recuerda la cantidad de insultos y epítetos vejatorios, incluso “injuriosos”, dedicados a Paulino Rivero durante el último año y medio, la juez destaca también que José Rodríguez imputa al presidente “la comisión de conductas delicitivas o cuando menos políticamente indecentes”.

Esos comentarios, constantes y repetidos hasta el día del juicio oral, aunque se puedan contextualizar dentro de la grave crisis económica y el rechazo ciudadano a los políticos, “sobrepasan la crítica o actuación” de Paulino Rivero, y a juicio de la magistrada, permiten iniciar acciones contra su difusión.

De este modo, al haberse efectuado por parte del periódico “graves calificativos, de evidente carácter vejatorio y peyorativo, sin que del contexto se deduzca que puedan guardar relación con el enjuiciamiento crítico de las actividades políticas” de Rivero, y que han sido utilizados de forma “absolutamente innecesaria y, por tanto, injustificable”, se estima en parte la intromisión al honor.

También por el hecho de haber sufrido ataques con términos “injuriantes” y “vejatorios, situados precisamente en lo que supondría un delito de injurias -que no ha sido juzgado al pertener este al campo de lo penal y no lo civil de la demanda actual- y que sin que por hecho de añadir el término ”político“ a esos términos vejantes ”les prive de su condición de insultos“.

Etiquetas
stats