Una funcionaria de Hacienda reclama el pago de 30.000 euros por el acoso laboral de sus superiores
La funcionaria C.T.P.G. ha reclamado el pago de 30.000 euros en concepto de indemnización por el daño que asegura haber sufrido a raíz del acoso laboral del que ha dicho sentirse objeto desde el año 2010 por parte de sus superiores jerárquicos. El propio consejero de Economía y Hacienda del Gobierno canario, Javier González Ortiz, ha solicitado un dictamen al Consejo Consultivo para determinar si esta compensación económica es preceptiva. La trabajadora manifestó que es funcionaria de la Administración de la Comunidad autónoma desde el 1 de septiembre del año 1976 y que pertenece al grupo C desempeñando desde entonces el cargo de jefa de negociado de Embargos de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de esta Consejería.
Durante un tiempo ejerció como representante sindical y fue en el año 2010 cuando decidió presentar una queja contra su superior jerárquico puesto que le asignó “tareas impropias de su puesto de trabajo y categoría profesional”. Además, asegura que una vez que culminó su período de liberación sindical “se inició por parte del este superior ”una acción continuada de acoso laboral y de trato vejatorio“. En definitiva la funcionaria asegura haber sufrido durante todo este tiempo ”una situación de persecución laboral, que no sólo le ha causado perjuicios económicos, sino también, un daño psicológico, ya que padece por tales motivos, un trastorno ansioso-depresivo“.
Sin embargo, según el informe emitido por el Consejo Consultivo a la funcionaria no le quedará más remedio que acudir a los tribunales para hacer valer sus derechos, ya que este organismo ha decidido rechazar sus peticiones. Según el Consejo las denuncias son “hechos y actuaciones administrativas, encuadrables exclusivamente en el estricto ámbito de la relación de servicio, atribuibles a autoridades y empleados públicos en el ejercicio de su cargo”. Y es que el órgano consultivo considera que hay que diferenciar entre “supuestos en que los hechos afectan a particulares de los que interesan a funcionarios públicos, causados estos últimos en el ejercicio de sus funciones”.
Por todo ello, se concluye que debe ser la propia Administración la que regule este tipo de situaciones dentro de la normativa laboral que sea aplicable. Sin embargo, acto seguido se admite que existe un vacío legal para la resolución de estos supuestos, “pese a que no debiera haberlo como ha reconocido el Consejo de Estado”. Por ello se emplaza a las partes a acudir al Ordenamiento jurídico donde sí se pueden encontrar “distintas vías procedimentales para tramitar indemnizaciones a funcionarios como puede ocurrir por razón de dificultad o peligrosidad de sus funciones”.