Ordenan la demolición de una construcción ilegal en Tegueste (Tenerife)
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 27 (EUROPA PRESS)
La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN), al objeto de proceder a la protección de la legalidad, ha notificado a una ciudadana una resolución en la que ordena la demolición de obras ilegales ubicadas en suelo rústico de protección paisajística geológica del municipio de Tegueste, en Tenerife, según anuncio publicado hoy en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).
La demolición afecta a la construcción de una vivienda de madera de 90 metros cuadrados y cerramiento perimetral, ubicados en el lugar denominado Lomo del Púlpito del término municipal, informó el Gobierno de Canarias en un comunicado de prensa.
El organismo público difunde en el BOC la resolución al respecto, al no haber podido notificarla a la ciudadana de conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La APMUN, que ordena el restablecimiento del orden jurídico infringido mediante la demolición de las citadas obras, a fin de que se proceda a la reposición del terreno al estado anterior a la comisión de la infracción, impone a la afectada una multa de 14.645,81 euros, por ser responsable de una infracción administrativa muy grave cometida contra el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias. Las obras ilegales han sido realizadas sin los títulos legitimantes necesarios para su ejecución, como son la calificación territorial y la licencia urbanística.
Como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, la APMUN requiere a la interesada para que en el plazo de un mes presente ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto de demolición, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento dará lugar a que la Administración ejecute subsidiariamente la orden de reposición, conforme a lo dispuesto la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No obstante, si la responsable de la alteración de la realidad física repusiera ésta por sí misma a su estado anterior, tendrá derecho a la reducción en un 90 por ciento de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador.