La Orotava no acaba de cumplir con la anulación del Plan Parcial Centro Valle
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) ha vuelto a poner reparos a la forma en la que el Ayuntamiento de La Orotava está dando cumplimiento a las sentencias firmes que anularon el plan parcial Centro Valle que abarca más de 224.000 metros cuadrados. Hace cerca de dos años el Tribunal Supremo (TS) emitió un fallo firme por medio del cual se anulaba este planeamiento, tal y como venían pidiendo los vecinos, propietarios y colectivos ecologistas desde hace ya dos décadas. El Plan se articulaba como un polígono de servicios comercial e industrial en el que se contemplaban las edificaciones existentes. Los equipamientos públicos que incluían eran las instalaciones de Zoolandia y Bananera El Guanche, ambas de propiedad privada. Los tribunales anularon el planeamiento aprobado por el Ayuntamiento en el año 1992 por silencio administrativo ya que no existían espacios de dominio público tales como parques o plazas, con lo cual el aprovechamiento privado se extendía a lo largo de todo el sector. El TSJC primero y el Supremo después basaron su anulación en que se habían llegado a contabilizar como zonas verdes los márgenes de la carretera con el fin de cumplir así con la ley de dotaciones públicas.
Hace seis meses la Cotmac obligó al Ayuntamiento a que procediera a dar cumplimiento este fallo judicial pero lo cierto es que en su última reunión del pasado lunes, este organismo informó con condicionantes a la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) en dicho sector. Entre los condicionantes se encuentra el incumplimiento de las observaciones relativas a cuestiones jurídicas y técnicas y a otras relacionadas con normativas y planos. Así se apunta que deben subsanarse aspectos relativos a medidas ambientales, entre otras y se acordó el deber de cumplimentar, a su vez, los reparos derivados de los informes sectoriales que se emitan y, entre ellos, el suscrito por el Consejo de Gobierno del Cabildo Insular de Tenerife el día 6 de febrero de 2012.
Antes de notificarse la sentencia firme, la Consejería de Medio Ambiente y Polìtica Territorial del Gobierno de Canarias pidió al Consejo Consultivo que emitiera un dictamen para determinar si una veintena de empresas promotoras de este plan parcial tenían derecho a ser indemnizadas. Los empresarios alegaban daños derivados de un cambio de la calificación del terreno que según aseguraron pasó a ser rústico en vez de urbano. Al respecto el Consejo indica que este hecho no se corresponde con la realidad, ya que ninguno de los solares ha perdido esta última clasificación. Lo que ocurre, según este organismo, es que parte del suelo es dominio público y otra ha de destinarse a otros fines distintos a los previstos inicialmente. También se alegaron perjuicios derivados de las inversiones llevadas a cabo, gastos en el funcionamiento de la Junta de Compensación y en la redacción del proyecto de Urbanización. El Consejo sin embargo recuerda que tras la primera sentencia del TSJC debería haberse suspendido todo el proceso. El organismo llega a calificar de “intervención manifiestamente dolosa o negligente” la llevada a cabo por los promotores y el Ayuntamiento.