La Audiencia Nacional aboca al banquillo al BBVA y Francisco González por los presuntos encargos ilegales a Villarejo
La Audiencia Nacional aboca al banquillo al BBVA, a su expresidente Francisco González y a otras doce personas por los presuntos encargos ilegales al comisario jubilado José Manuel Villarejo entre 2004 y 2016. La Sala de lo Penal ha desestimado íntegramente los 11 recursos de apelación presentados contra el auto de procesamiento.
El juez instructor, Manuel García Castellón, propuso juzgar por delitos de cohecho continuado y de descubrimiento y revelación de secretos a la entidad financiera, a su expresidente y a otras doce personas, entre directivos de la entidad y mandos policiales, por contratar a Villarejo y a su empresa, el Grupo Cenyt, para realizar distintos encargos supuestamente ilegales.
A lo largo de 11 autos, la Sección Tercera analiza los indicios recabados por el instructor por los que propone juzgar a la excúpula del banco así como a su ex responsable de Seguridad, el que fue comisario de policía Julio Corrochano, así como a los mandos policiales vinculados a Villarejo. La Sala, en línea con la Fiscalía Anticorrupción, rechaza también el recurso del BBVA y recoge el argumento del instructor que estimó que no era creíble el desconocimiento alegado por el banco.
En relación con el sistema establecido por BBVA de prevención y control para prevenir delitos, los jueces afirman que no era eficaz al dejar al margen de cualquier normativa de control a la presidencia ejecutiva y a la alta dirección que indiciariamente, cometieron los “delitos de cohecho y revelación de secretos en beneficio de BBVA”.
Para la Sala “no es irrazonable concluir, como hace el instructor que, al menos indiciariamente, el modelo de organización y gestión para prevenir delitos no era eficaz en cuanto que había un grupo de personas que podían actuar al margen del mismo y sin control, cuyas órdenes eran obedecidas por los subordinados sin cuestionarlas”.
Añade que todos los indicios hacen necesario que se valoren en conjunto en el juicio, sin que corresponda a la Sala establecer “como deberían haberse hecho los controles que podrían haber prevenido la comisión del delito, debiendo el análisis centrarse en la indiciaria constatación de que los que había no eran eficaces por las razones expuestas, aunque no las comparta la apelante -que la alta dirección estaba excluida del control”.
En relación con Francisco González, la Sala, en línea con el instructor, señala que alguno de los contratos con Cenyt investigados fueron ordenados por el entonces presidente del BBVA, “que ya sabía quién era esta entidad y sus métodos de investigación por los contratos anteriores y ”no es irrazonable“ concluir que por eso la eligió tras no dar ningún resultado con otros métodos de investigación y sí lo dieron con Cenyt.
En definitiva, concluyen los jueces, no es irrazonable la interpretación de indicios que hacen el auto recurrido y las acusaciones para llegar a la conclusión de la participación de Francisco González en los delitos de cohecho y revelación de secretos. Y, en definitiva, de que sabía que Cenyt había accedido a datos de carácter íntimo y personal y a fuentes cerradas “sin respetar la legalidad” y sirviéndose para ello de funcionarios policiales.
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