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El ''grueso'' de recursos por la Ley de Medidas Urgentes será rechazado

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, ha adelantado este viernes que a falta de que los expedientes de resolución sean resueltos, “no existe derecho indemnizatorio alguno” en las reclamaciones abiertas por varios empresarios en base al artículo 17.1 de la Ley 6/2009 de Medidas Urgentes, y que supondrían una cuantía superior a los 800 millones de euros.

Berriel explicó que las resoluciones están “prácticamente hechas” y los solicitantes “ya han podido presentar sus alegaciones”. Sin embargo, el consejero afirmó que éstas “se van a desestimar” lo que derivará “seguro” en un nuevo conflicto judicial.

“El Gobierno le hará frente”, anunció, ya que “los ciudadanos que creen que tienen la posibilidad de éxito lo hacen, y la labor de las administraciones públicas es defender el interés general”.

En este sentido, Berriel afirmó que “está justificada” esta decisión dado que entre los reclamantes “la mayoría no habían cumplido en su totalidad las obligaciones urbanísticas de las que se derivarían los derechos que reclaman”, afirmó.

Por lo pronto desconoce si existe algún expediente en concreto al que sí se le reconozcan tales derechos indemnizatorios. Sin embargo, de la “avalancha de solicitudes” que hubo cuando se cumplió el plazo de reclamación se puede afirmar que “el grueso” no cumple los requisitos legales para ser resarcidos, según expuso.

Por último, reconoció que si la tesis de los propietarios tienen éxito y los tribunales les conceden las citadas reclamaciones, sería “inasumible” en estos momentos para la comunidad. El artículo 17.1 abre varias alternativas a los aprovechamientos urbanísticos de uso turístico, incluida la de la indemnización por los derechos edificatorios que ostenten en caso de reclasificación a rústico de protección territorial.

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