SCTF no hace cumplir las normas del Rastro

El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Santa Cruz de Tenerife, Jorge Riestra Sierra, considera “claro” que en estos momentos el Rastro de la capital tinerfeña contraviene la norma que obliga a mantener despejados los accesos a las sedes de las instituciones públicas. Además, el magistrado rechaza el argumento de los comerciantes en el que se indica que la actividad se lleva a cabo en días festivos, cuando estos organismos no se encuentran funcionando.

“La norma no especifica” este extremo, señala el juez pese a que una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dio la razón al Rastro precisamente por este motivo. “Existe incumplimiento en esta materia y la inactividad de la Administración en no hacer cumplir la obligación de mantener despejados los accesos a las instituciones públicas, establecimientos comerciales e industriales, ni en lugares que dificulten el acceso y la circulación no es conforme a Derecho”.

La sentencia que da la razón a la Federación de Comercio de Tenerife (Fedeco) también apunta que el Ayuntamiento no ha dado cumplimiento al real decreto que obliga a que cada puestero cuente con una licencia específica. Por ello, “la responsabilidad individual de cada comerciante en cumplimiento de las normas del mercadillo se diluye con las consecuencias de faltas de respeto de las entradas a edificios oficiales, establecimientos, bloqueo del paso a los viandantes, entre otras”, dice el juez.

Aunque existe una autorización genérica concedida en 1998 que incluso es calificada de “válida”, el Juzgado estima que la Corporación local debe proceder a otorgar otras a cada uno de los comerciantes. En la ordenanza municipal que entró en vigor el primer día de 2009 se daba un plazo de tres meses para que los vendedores pidieran esta autorización, lo que no ocurrió en ningún caso, con lo cual esta actividad se encuentra en situación irregular desde el uno de abril de ese año.

El magistrado no deja de llamar la atención sobre la “inactividad” demostrada por el Ayuntamiento durante este tiempo para hacer cumplir su propia ordenanza contra la que nunca se presentó ninguna alegación. Pero es más la propia policía local presentó un informe en el que se reconoce que no existe un plan de prevención de emergencias, “ni se tiene constancia de que se encuentre en proceso de elaboración, al tratarse de una actividad que se desarrollar al aire libre y en vía pública ni se han aplicado medidas correctoras a cada uno de los puestos”. La Corporación local, la Asociación de vendedores del Rastro y la Cooperativa del mercado Nuestra Señora de África están obligada a pagar las costas judiciales

Abogado del Rastro acusa a SCTF de la caducidad de las licencias

Por su parte, el abogado de los vendedores del Rastro de Santa Cruz, Gerardo Rodríguez, considera que la responsabilidad de que las licencias de venta no estén actualizadas es el Ayuntamiento de Santa Cruz aunque le consta que desde la Corporación local se están dando pasos para regularizar esta situación.

Ha presentado ya un recurso ante el TSJC en contra de la sentencia emitida en primera instancia. No obstante, Rodríguez recuerda que todos los comerciantes siguen pagando por la licencia concedida en 1998 y por lo tanto su situación sólo puede ser calificada como mucho de “irregular, pero en ningún caso ilegal. Todo lo demás son valoraciones que hacen los miembros de Fedeco”.

En el mes de mayo hay fijada una vista oral a raíz de una demanda interpuesta por los vecinos del entorno del Rastro en la que alegan las molestias que le ocasiona al descanso esta actividad. Un asunto sobre el que ya se pronunció en su momento el TSJC y dio la razón a los vendedores al señalar que los residentes compraron sus casas después de que ya llevara años funcionando el Rastro.

En aquel entonces los vecinos ganaron en primera instancia pero luego el TSJC revocó el primer fallo. A partir de aquí los residentes llegaron al Tribunal Constitucional (TC) que decidió inadmitir su recurso. “Estamos hablando de cosa juzgada y que por lo tanto no se puede volver a discutir”, indica Rodríguez.

Otro de los puntos que denuncian tanto los vecinos como Fedeco es que esta actividad comercial no respeta la obligatoria separación de los edificios oficiales como es la sede de Presidencia, la Consejería de Educación y el Usos Múltiples II que se sitúan en este entorno. Al respecto el abogado recuerda también que el TSJC ya se pronunció sobre este extremo y sentenció que el mercadillo tiene lugar los domingos y días festivos en los que no abren estos edificios, un argumento que la reciente sentencia no comparte. De hecho, desde hace tiempo se viene trabajando en la línea de despejar la avenida José Manuel Guimerá donde está la sede de Presidencia y trasladar los puestos al entorno del Mercado Municipal.

“Éramos conscientes de que las licencias no estaban al día y de que debían actualizarse según la nueva ordenanza de 2009 y sabemos que el Ayuntamiento está trabajando en esta línea. Es evidente que esa es una cuestión que se tiene que regular”, dijo el abogado. A partir de ahora, por lo tanto se otorgaran autorizaciones individuales a cada uno de los puesteros y no una general como se concedió en 1998. Rodríguez recuerda a los miembros de Fedeco que la actividad de venta ambulante en la calle está regulada por la legislación y que los puesteros tienen los mismos derechos que quienes venden en una tienda. El recurso presentado por los vendedores y por el Ayuntamiento ante el TSJC incide precisamente en aquellos aspectos en los que la nueva sentencia contradice la anterior de 2009 y que ya cuentan con un pronunciamiento firme.

Para el abogado las declaraciones de los miembros de Fedeco “son falsas” en cuanto aseguran que los puesteros del Rastro se encuentran en una situación de ilegalidad, “cuando lo único que ocurre es que se debe proceder a una regulación de esta actividad. Es cierto que el Ayuntamiento ha tardado más de lo que debería pero sólo es cuestión de tiempo dar solución a este problema”, dice.

Sin embargo, según la Federación de Comercio hay otros aspectos contenidos en la sentencia que serán difícilmente subsanables como es la prohibición de que el Rastro corte el tráfico de vehículos o que se carezca de un plan de emergencias pese al elevado número de personas que cada fin de semana congrega esta actividad. “Con esa sentencia en la mano será difícil encontrar una ubicación alternativa para el Rastro en todo Santa Cruz porque no hay ningún lugar que reúna todas las condiciones que en ese fallo se fijan”, indican desde Fedeco.

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