Soria podría perder la presidencia del Cabildo a los diez días de su investidura
La Ley que regula el funcionamiento de los Cabildos, La Ley Orgánica de 1985 que regula el Régimen Electoral General, establece que será Presidente del Cabildo insular “el candidato primero de la lista más votada en la circunscripción insular”. Ese punto de la ley coloca a José Manuel Soria como el presidente del Cabildo en el pleno que debe ser celebrado en el plazo máximo de treinta días después de la celebración de las elecciones.
En Gran Canaria, el PP de José Manuel Soria perdió el domingo la mayoría absoluta de la corporación insular, al empatar en consejeros con el Partido Socialista (12). Sin embargo, y pese a que en los primeros avances de resultados era el dirigente socialista, José Miguel Pérez, el más votado, finalmente fue Soria el vencedor en votos, y por lo tanto, próximo presidente del Cabildo de Gran Canaria. Soria sacó finalmente 136.502 votos, y José Miguel Pérez se quedó con 132.767 votos.
Sin embargo, la presidencia de Soria en la corporación insular podría durar muy poco tiempo, dado que terminado el pleno de constitución de la nueva corporación, legalmente el PSC y Nueva Canarias podrían presentar en el registro del Cabildo una moción de censura, al contar con los consejeros suficientes (16), ya mayoría absoluta del pleno.
Una vez presentada la moción en el registro, el procedimiento es el mismo que seguiría una censura en un Ayuntamiento. Según la Ley, puede ser candidato al cargo de Presidente cualquiera de los consejeros insulares que encabecen las listas de los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones electorales en la circunscripción, lo que dejaría las opciones en José Miguel Pérez o Román Rodríguez, algo que la pura lógica de peso por los resultados (12 del PSC por 4 de Nueva Canarias) colocaría a Pérez de candidato a Presidente.
No más de dos o catorce días naturales como presidente
En la noche electoral, los mismos candidatos daban por hecho que habrá un vuelco en el Cabildo de Gran Canaria, y Román Rodríguez ofreció en declaraciones a los medios de comunicación sus consejeros al PSC para propiciar el cambio en la corporación insular.
Así, la ley explica que el documento se presentará en el Registro General de la Corporación por cualquiera de los firmantes de la moción, “quedando el Pleno automáticamente convocado para las doce horas del décimo día hábil siguiente al de su registro”. La presidencia de Soria, pues, no duraría más de doce o catorce días naturales.
El Secretario de la Corporación deberá remitir notificación indicativa de tal circunstancia a todos los miembros de la misma en el plazo máximo de un día, a contar desde la presentación del documento en el Registro, a los efectos de su asistencia a la sesión, especificando la fecha y hora de la misma.
Llegado el día, el Pleno será presidido por una Mesa de edad, integrada por los concejales de mayor y menor edad de los presentes, excluidos el Alcalde y el candidato a la Presidencia del Cabildo, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación, quien acreditará tal circunstancia.
En el pleno, la Mesa se limitará a dar lectura a la moción de censura, a conceder la palabra durante un tiempo breve, si estuvieren presentes, al candidato a Presidente, al aún Presidente y a los portavoces de los grupos municipales, para someter inmediatamente a votación la moción de censura.
El candidato incluido en la moción de censura quedará proclamado Presidente del Cabildo “si ésta prosperase con el voto favorable de la mayoría absoluta del número de concejales que legalmente componen la Corporación”.