Se agilizará el cobro de multas de tráfico entre estados de la UE
BRUSELAS, 2 (EUROPA PRESS)
Los ministros de Transporte de la Unión Europea han alcanzado un principio de acuerdo sobre una norma cuyo objetivo es facilitar la ejecución de las multas de tráfico impuestas a los conductores en otro Estado miembro distinto del de residencia.
La directiva cubre las sanciones por exceso de velocidad, por conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, sin cinturón de seguridad, o usando el móvil; por incumplir la señalización de los semáforos; por circular por el arcén o por ir en moto sin caso. Estas infracciones representan más del 75% del total, según los datos de Bruselas.
El objetivo de esta norma es acabar con la impunidad de la que disfrutan los conductores que infringen las normas de seguridad vial en otro país de la UE distinto del suyo, que a menudo pueden evitar las sanciones. De hecho, los conductores extranjeros representan el 5% del tráfico pero cometen el 15% de las infracciones por exceso de velocidad. Esta situación no sólo pone en riesgo la seguridad vial sino que además es discriminatoria para los residentes locales, que sí que tienen que pagar todas las multas que se les imponen.
Irlanda y Reino Unido, que no están obligados a participar en las cuestiones de justicia e interior, tienen previsto sumarse también a este acuerdo, según las fuentes consultadas.
La norma crea un sistema electrónico de intercambio de información entre los Estados miembros para identificar al vehículo que haya cometido una infracción.
Una vez efectuada la identificación, el Estado en el que se haya cometido la infracción remitirá una notificación de la misma al titular del certificado de matriculación en el que se le informa de los detalles, el importe de la multa, los procedimientos de pago y las vías de recurso. No obstante, la notificación será voluntaria, el país en cuestión no estará obligado a enviarla si por ejemplo los gastos son más altos que la multa.
Si un infractor se niega a pagar la multa, corresponderá al país donde se ha cometido la infracción decidir cómo actúa, ya que la norma no establece los pasos siguientes a seguir. Una de las vías de actuación posibles sería recurrir a la norma comunitaria que regula el principio del mutuo reconocimiento de las sanciones financieras para garantizar el cobro.
La propuesta inicial preveía que en caso de impago, la justicia del país donde se había cometido la infracción podía dictar una resolución para exigir el cobro y pedir al juez del país de residencia del conductor que la ejecutara. Pero esta iniciativa no salió adelante por las dudas de un gran número de Estados miembros sobre su base legal.