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Del dedazo a los concursos fallidos en la elección de altos cargos

Tilman Kuttenkeuler, exdirector general de la Fundación Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria

Silvia Álamo

Las Palmas de Gran Canaria —

Los sistemas de elección de altos cargos en los cabildos insulares y en los cuatro grandes ayuntamientos de Canarias (Las Palmas de Gran Canaria, Telde, Santa Cruz de Tenerife y San Cristóbal de La Laguna) tiene muchos cabos que atar. Durante este mandato, que comenzó en 2015 y acaba en mayo de este año, la anulación de varios nombramientos de estas instituciones ha ocupado las portadas de los medios de comunicación. Los casos de Eulalia Guerra o Heriberto Dávila, directores de Seguridad y Movilidad, respectivamente, en el Consistorio de la capital grancanaria, o el de Antonio Muñecas como secretario general en la Corporación insular de la misma isla han sido algunos de los más llamativos.

Hasta que impusieran los concursos de selección, alguno de los cuales han resultado fallidos, estos altos cargos eran elegidos a dedo para convertirse en cómplices de los diferentes grupos de Gobierno. La mayor parte de los cabildos y ayuntamientos incorporaban en esos puestos directivos no electos a personas que, en muchas ocasiones, tenían un perfil más político que técnico, y generalmente exclusivamente lo primero y nada de lo segundo. Un hecho que desprofesionaliza estos nombramientos. Generalmente son personas “vinculadas al partido que se habían quedado colgadas”, reconocen fuentes expertas en función pública a este periódico.

Cuando llegó el tripartito a gobernar la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, compuesto por el Partido Socialista, Nueva Canarias y LPGC Puede, comenzaron a convocarse todos los puestos directivos por el método de publicidad y libre concurrencia. La misma situación se empezó a dar en el Cabildo insular. Las dos instituciones “lo estaban haciendo muy bien” cumpliendo con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, señalan las mismas fuentes. El objetivo era ser transparentes y hacer los concursos para justificar que no había nombramientos efectuados a dedo. Pero existía un doble rasero que fue descubierto por la Justicia.

La ley expresa que para nombrar a un alto directivo en una institución tiene que ser un funcionario de carrera del Subgrupo A1, es decir, que pertenezca al máximo grupo funcionarial que existe bajo criterios de experiencia, formación y capacidad técnica. Si bien es cierto que para determinadas funciones no es necesario ser un empleado público. En este punto, el grupo de Gobierno tiene que exponer las razones para justificar que se pueda nombrar a otra persona. Además, en la convocatoria debe estar claramente especificado.

Aquí es donde la Justicia valora si estos puestos están realmente convocados para profesionales o lo hacen para colocar a un recomendado o a un político camuflado de técnico. En el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se han producido dos casos paradigmáticos. La Justicia ha anulado los nombramientos de dos altos cargos vinculados al PSOE y a Nueva Canarias al entender que no cumplían el requisito de profesionalidad. “No significa que esas personas no sean profesionales o que sean muy de partidos, pero como no cumples los requisitos alguien te los recurre y te los gana”, explican las mismas fuentes.

El 14 de diciembre de 2016, el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria declaró nulo el nombramiento de María Eulalia Guerra, directora general del Seguridad del Consistorio capitalino. La sentencia concluía que el Ayuntamiento “incumplió la reserva general de puestos directivos municipales” al conceder el cargo a una postulante que no es personal funcionario de carrera del subgrupo A, una condición para obtener el puesto, sin justificarlo.

Siete meses después, en julio de 2017, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 anuló el nombramiento de Heriberto Dávila como director general de Movilidad. Consideró que la convocatoria de la que resultó elegido no priorizó al pobjersonal funcionario de alto nivel.

En el Cabildo de Gran Canaria también se han dado casos. En diciembre de 2017 la Justicia anuló el cargo de Antonio Muñecas como secretario general de la institución. Ese nombramiento ya había sido anulado en 2013 y continuó de forma provisional en la Corporación insular. Un año después, el presidente insular, Antonio Morales, cumplió con la sentencia que le instaba a que ese cargo lo desempeñara una persona “en base a los criterios de igualdad, mérito y capacidad” y designó a Dolores Ruiz San Román.

El desconcierto continúa en la Fundación Auditorio Teatro de la capital grancanaria. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres dictó una sentencia en abril de 2018 en la que anulaba el nombramiento del director de la institución, Tilman Kunttenkeuler. Tras conocer este fallo, el Consistorio capitalino (administrador junto al Cabildo insular del organismo) decidió presentar un recurso y el pasado 30 de enero, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) se reafirmó en que el nombramiento no era válido. La jueza consideró que, a pesar de que sea una institución pública y de que se trate de un cargo de confianza, no se deben marginar los principios de mérito y capacidad.

En estas administraciones, los siete cabildos insulares y los cuatro grandes ayuntamientos de Canarias, existen una serie de puestos políticos, los órganos superiores; un personal de apoyo a esos puestos políticos, el personal eventual (donde se encuentran los empleados de los gabinetes de prensa) y una serie de categorías profesionales. “Lo que se intente, o debería intentarse, es que cuando cambies a esas personas sea por criterios profesionales, no por afinidad política”, explican estas fuentes.

Asimismo, aclaran que cuando se creó esta ley se pensó en que estos nombramientos se hicieran por cinco años y así no estuviera condicionado a los periodos electorales, con eso se daría un paso más en la profesionalización de las administraciones públicas. “Es inevitable que en estos puestos exista un componente de subjetividad que va ligado a la confianza, pero se debe cumplir a rajatabla los requisitos de desempeño en igualdad de condiciones que otros que también los cumple”, consideran. Hay determinados puestos que no son desempeñados por profesionales y luego se ve en las carencias que tienen a la hora de liderar determinadas direcciones generales.

Lo idóneo, opinan, es que, con la debida antelación, las condiciones o los requisitos para desempeñar un puesto sean públicos y conocidos por toda la ciudadanía. Así, para acceder a ese puesto de trabajo se tienen que cumplir unos requisitos para los que cualquiera se pueda ir preparando.

Estas fuentes sostienen que, habitualmente, durante un mandato se descubren muchos dedazos, pero aclaran que cada vez se irán detectando menos. “Cuando tú te das cuenta de que el profesional te resuelve el problema dejas de mirar los carnés políticos”.

Señalan que sobre todo en los cabildos de las islas capitalinas se han descubierto muchos casos, al igual que en los cuatro grandes ayuntamientos, y que son las corporaciones insulares de las islas menores quienes mejor lo están haciendo. Las instituciones de El Hierro y La Gomera “lo están haciendo muy bien”, afirman. “Parece que son los más pequeños quienes se están empeñando en que esto funcione, y los mayores en que no”, sentencian.

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