La portada de mañana
Acceder
Los socios del Gobierno discuten el aumento del gasto en defensa
Mazón paga a las contratistas elegidas a dedo entre un 30% y un 300% más
OPINIÓN | ¿Con qué nos sorprenderá esta semana Trump? Por Isaac Rosa

Tres niños esperan una resolución que determine su futuro escolar inmediato

Una resolución de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa del Gobierno de Canarias obliga a tres niños de diez, ocho y seis años de edad a abandonar el colegio en el que han iniciado el curso escolar y acudir al centro en que permanecían antes de la separación de sus padres. Este mismo martes se celebra la vista para determinar las medidas previas entres sus progenitores, es decir, la guarda y custodia de los niños. En caso de que la madre sea depositaria de la patria potestad, los niños deberían retornar de nuevo al centro que según Educación deben abandonar ahora. Entonces los menores habrían estado en dos centros, con distintos compañeros y profesores en poco más de un mes.

Tras la separación, la madre de los pequeños, con la que ellos viven, varió su domicilio. Este hecho autoriza el cambio de colegio según el artículo 10.1.a de la Orden de 28 de julio de 2006 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias. Tras recibir la comunicación de que existían plazas vacantes para los tres pequeños, se procedió a solicitar el informe escolar al centro de procedencia. Sin embargo, este traslado de los expedientes académicos nunca se produjo.

De su actual vivienda, los niños tardan cuatro minutos en llegar al colegio, al que según la familia materna se han adaptado sin ningún tipo de problemas. Al anterior les cuesta llegar cuarenta minutos. Las mismas fuentes aseguran que han sido determinantes las presiones de un tío del padre de los niños para que se pase por alto el cambio de domicilio, demostrado con un certificado de empadronamiento del Ayuntamiento de El Rosario. Este familiar paterno es además alto cargo en el colegio que los niños abandonaron tras la separación matrimonial.

La resolución, firmada por el director general, Francisco Javier García Amador, da validez a la emitida con anterioridad por el director territorial, José Zenón Ruano. Este último comunicó que su escrito agotaba la vía administrativa, si bien, el Decreto 212/91 de Presidencia del Gobierno de Canarias señala taxativamente que “contra los actos administrativos que dicten los directores territoriales cabe recurso de alzada ante la dirección general competente”.

Familiares de la madre aseguran que a pesar de que García Amador cite en la resolución la Ley de Protección Jurídica del Menor -“las Administraciones públicas facilitarán a los menores la asistencia adecuada para el ejercicio de sus derechos”-, lo cierto es que “los menores llevan más de un mes en su colegio actual y quieren permanecer allí, y un cambio de centro a estas alturas es nefasto”.

Aseguran que las presiones han existido en todos los ámbitos, incluso en contra del director del colegio en el que los niños han comenzado el curso, y recuerdan que han invertido “170.000 euros” en todo el material escolar -libros, uniformes...- que los pequeños necesitan para el normal desarollo de su educación escolar.

En pocos días se conocerá la resolución de los tribunales en torno a la patria potestad y esto determinará el futuro escolar de los tres pequeños, que asisten estupefactos a esta ceremonia de la confusión. Es posible incluso que antes el fiscal de Menores, que ya conoce el caso inste a tomar medidas en uno u otro sentido.

Etiquetas
stats