Dictan la apertura del juicio oral por el crimen de la exjugadora del Voleibol Tenerife

Uno de los principales sospechosos del crimen de la deportista holandesa.

Europa Press

Murcia —

Un año y seis meses después de que la titular del juzgado de Instrucción 5 de Molina de Segura (Murcia) acordara abrir diligencias previas por la muerte violenta de los ciudadanos holandeses Ingrid Visser -exjugadora del Voleibol Tenerife- y Lodewjik Severein, ha dictado Auto de Apertura de Juicio Oral, por el que concluye la fase de investigación y se decreta el inicio de la fase de enjuiciamiento.

En el auto, la juez instructora recoge los escritos de acusación y defensa y fija los hechos por los que habrán de ser juzgados los acusados Serafín de Alba y Luis, Juan Cuenca Lorente, Valentin Ion y Constantin Stan.

Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, el órgano competente para el enjuiciamiento será un Tribunal Jurado, formado por nueve ciudadanos y presidido por un magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia. Será este tribunal el que deberá señalar la fecha de juicio.

El Ministerio Fiscal, en su escrito de conclusiones provisionales, considera a los acusados Juan Cuenca, Valentin Ion y Constantin Stan como supuestos autores de dos delitos de asesinato con el agravante de ensañamiento, por lo que pide para ellos penas que suman 25 años por cada uno de los delitos.

Respecto al acusado Serafín de Alba, el Fiscal pide la pena de tres años de prisión como autor de un delito de encubrimiento, penas a las que se suman las acusaciones particulares.

En lo que respecta a la responsabilidad civil, el Fiscal pide que Juan Cuenca, Constantin Stan y Valentin Ion indemnicen conjunta y solidariamente a cuatro familiares de los fallecidos en la cantidad de 50.000 euros a cada uno de ellos.

En este caso, la acusación particular pide una indemnización de 100.000 euros para el padre de Ingrid Visser y 50.000 euros para su hermano; mientras que solicita 60.000 euros para las hijas de Severein.

Por su parte, la defensa de Serafín de Alba pide la libre absolución, al igual que el abogado de Constantin Stan, quien puntualiza que, con carácter subsidiario, a efectos formales, los hechos sean calificados como constitutivos de un delito de encubrimiento y, en consecuencia, la imposición de una pena de prisión de seis meses.

 La defensa de Valentin Ion pide, por su lado, la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de lesiones y un delito de encubrimiento, interesando que se dicte sentencia absolutoria y, con carácter subsidiario, la pena de seis meses de prisión por cada uno de los delitos.

Por último el abogado de Juan Cuenca solicita la libre absolución de su defendido, y solo con carácter subsidiario, a efectos normales, que los hechos sean constitutivos de un delito de encubrimiento, por lo que se le imponga la pena de seis meses de prisión.

Antecedentes

Según el relato de los hechos, el Fiscal considera que “se estima que procede el enjuiciamiento respecto de unos hechos de los que existen suficientes indicios racionales de criminalidad”.

En el auto, el fiscal recuerda que Visser y su pareja sentimental, Severin, residieron durante varios años en Murcia, en cuyo equipo de Club Voleibol Murcia 2005, ella jugó las temporadas 2009-10 y 2010-11. El mencionado club estaba contratado como gerente, el acusado Juan Cuenca.

El club empezó a tener problemas económicos muy graves, hasta su disolución en julio del año 2011, por lo que dejó de pagar el dinero de la ficha, a varias jugadoras, entre ellas a Visser, a la que debía una cantidad no determinada, que rondaba los 60.000 euros. Severein, que actuaba como representante de su pareja sentimental, entabló relaciones comerciales con Cuenca, en reclamación de las cantidades debidas.

Estas negociaciones culminaron en la constitución de una sociedad en Gibraltar en marzo de 2013, llamada Granmar Stone Trade Limited. A través de la mencionaba sociedad los dos socios pensaban canalizar el pago de las cantidades debidas a la jugadora así como las ganancias de otros negocios iniciados por los mismos, que no han podido ser concretados.

Precisamente por esto, el auto sostiene que Severein y Cuenca tenían frecuente contacto telefónico, por correo electrónico y personal, llegando a verse en alguna ocasión en las ciudades de Valencia y Alicante, para gestionar la creación de la sociedad mencionada así como el cobro de la deuda.

Con motivo de una visita médica a Murcia -Ingrid estaba en tratamiento para ser madre-, reservaron una habitación en el hotel Churra Vistalegre situado en la ciudad de Murcia y para la segunda noche, reservaron una habitación en el Hotel Patilla de la localidad de Santa Pola, muy cercana al aeropuerto de Alicante.

Durante esa semana, Juan Cuenca y Lodewijk Severein, hablaron en numerosas ocasiones, en especial los días 7, 8, 9 y 11 de mayo, conversaciones, durante las cuales, el ciudadano holandés le informó de que se desplazaba a Murcia junto con su pareja, para una visita médica, concertando una cita para la tarde noche del día 13 de mayo, en el Pabellón Príncipe de Asturias, antigua sede del Club de Voleibol.

Por ello, el Fiscal sostiene que Cuenca decidió acabar con la vida de su acreedor trazando un plan, consistente en la contratación de personas que acabaran con su vida. Para ello debía alquilar una casa rural apartada y debido a la altura y la corpulencia de la víctima, planificó el descuartizamiento del cadáver para facilitar así su enterramiento.

Para ello, añade que contactó con el acusado Valentín Ion los días 8, 10 y 11 de mayo, para fijar los detalles del “macabro plan”. Asimismo, Valentín Ion, contactó con su compatriota, el también acusado Constantin Stan, con antecedentes penales por delitos muy violentos en su país de origen y con formación militar, para que le “auxiliase en la ejecución de las muertes, ya que al ser informados que también vendría Ingrid, se decidió matarla a ella también”.

Según el auto, Cuenca pactó con Valentín y Constantin, que les pagaría una parte del dinero el día 13 de mayo por la mañana y la cantidad restante a la vuelta en Valencia. Juan se comprometió a trasladarlos a Murcia y a suministrarles todos los instrumentos precisos.

Para la ejecución del plan, necesitaban una vivienda en un lugar apartado y discreto, en el que pudieran darles muerte sin riesgo para sus vidas y sin levantar sospechas, por lo que Juan Cuenca Lorente, habló con Maria Rosa Vázquez, persona a la que conocía de su época de gerente del Club de Voleibol Murcia 2005.

Vázquez contactó con la propietaria de una casa rural situada en el paraje de la Hurona en el término municipal del Fenazar, para alquilarla desde el lunes 13 de mayo hasta el viernes 17 de mayo, por 400 euros. Cuenca, no tenía liquidez, por lo que llamo al acusado Serafín de Alba y Luis, con el que tenia una estrecha relación de amistad de muchos años, le pidió, sin que pueda  probarse que él tenia conocimiento para que iba a emplearse el dinero, 2.000 euros para pagar la casa rural y el adelanto a Constantin Stan y a Valentín Ion.

El día 13, Vázquez recogió a la pareja de holandeses y los llevó a la casa rural “sin tener conocimiento de los planes mortales”. Ambos entraron en la vivienda, siendo recibidos por Cuenca, Stan e Ion, en el salón de la misma. Sin poder concretar el momento exacto de la muerte, los tres acusados ejecutaron su plan en las siguientes horas.

Después de acabar con el embalaje de los cuerpos, el auto considera que limpiaron en profundidad el salón y demás dependencias de la casa rural, para borrar cualquier huella, resto de sangre o hueso humano, por lo que Cuenca se causó heridas abrasivas con el producto de limpieza en los antebrazos.

Como no sabían qué hacer con los cuerpos, Cuenca llamó a Serafín de Alba, contándole lo sucedido y pidiéndole permiso para enterrar los restos en una casa de la huerta. Serafín consintió y les ayudo para realizar el enterramiento de los cadáveres en la finca de su propiedad, concluyen el auto.

 

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