Culpable de asesinato con agravantes el hombre que mató a su tía en Ofra

G.S.C. durante el juicio.

Efe

Santa Cruz de Tenerife —

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Un Jurado ha declarado esta noche culpable de asesinato con varias agravantes al hombre al que se ha juzgado esta semana en la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife por haber matado a golpes a su tía el año pasado en el barrio de Ofra, que ahora se enfrenta a una solicitud de prisión permanente.

El veredicto reconoce como probado que Gonzalo S.C. mató a golpes a su tía, con la que convivía, en unas circunstancias que han llevado a la acusación pública a pedir que se apliquen las agravantes de alevosía, ensañamiento con una víctima discapacitada y desprecio por su condición de mujer.

Sin embargo, los jurados no han considerado acreditado que existiera una relación de pareja entre tía y sobrino, como sostenían las acusaciones, por lo que no podrá aplicarse el procesado la agravante de parentesco.

Durante el juicio, Gonzalo S.C alegó que él no había matado a su tía, sino que se la encontró muerta el 2 de febrero de 2019, al regresar a la vivienda donde residían ambos.

Pero durante la vista oral las vecinas de la víctima, que tenía 60 años, han relatado que la mujer les contó que sufría constantes malos tratos y lesiones por parte de su sobrino.

Por su parte, los médicos forenses acreditaron que la mujer murió shock hemorrágico producido por la “incontable” cantidad de golpes que recibió en todo su cuerpo a lo largo de varios días.

La autopsia reveló que la mujer había sufrido “innumerables” traumatismos, golpes y hematomas de distinta antigüedad “por, literalmente, todo el cuerpo”, sin que pueda decirse que un golpe concreto acabó con su vida.

Los forenses precisaron, no obstante, que la mujer falleció por una hemorragia masiva en el interior del cuerpo derivada de otras cuatro hemorragias en órganos como el cerebro, los ojos y los intestinos, producto de los golpes externos en el cráneo, los pechos y el abdomen.

En vista de este veredicto, la defensa ha recomendado que se condene a su cliente por asesinato, pero no a prisión permanente revisable, sino a 22 años y medio de cárcel.

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