Ratificada la condena al hombre que agredió con violencia extrema a una mujer en un edificio del centro de Santa Cruz de Tenerife

El popular Edificio Olympo, en Santa Cruz de Tenerife.

Efe

0

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha reiterado la condena de 31 años de cárcel para un hombre como autor en enero de 2023 de una violación a una mujer en la que empleó violencia extrema así como actos degradantes y a la que detuvo de forma ilegal además de allanar la oficina en la que trabajaba y ubicada en un céntrico edificio de la capital tinerfeño.

El TSJC ratifica la sentencia de primera instancia que también condena al hombre de 24 años, y que residía en un centro de atención de inmigrantes en La Laguna, a pagar 75.000 euros.

La víctima, de 60 años, fue atacada por el hombre cuando sobre las seis de la mañana acudía a su trabajo y se abalanzó sobre ella cuando abría su oficina, empujándola a su interior.

La sentencia da por probado que el encausado propinó una brutal paliza a la mujer y cuando ya no tenía posibilidades de defenderse la violó en varias ocasiones y continúo agrediéndola.

Tras robarle el dinero que tenía, 30 euros, le quitó los zapatos y se los llevó porque hasta entonces iba descalzo.

Ante el TSJC el acusado alegó que no se trataban de varios actos sexuales sino de uno solo, lo que es descartado una vez que se constata el dilatado espacio de tiempo en el que se consumó la agresión desde las 6:40 de la mañana hasta una hora más tarde.

Una vez que se observó el contenido de las grabaciones de las cámaras de seguridad se demuestra que existió “continuidad delictiva en sucesivos actos especialmente graves de intrusión en la indemnidad sexual de la víctima”.

En cuanto a la petición de que se aplicara la atenuante de intoxicación por drogas se apunta que también de las mismas imágenes se desprende que actuó con total tranquilidad sin que se perciba la mínima evidencia de que estaba bajo el efecto de estupefacientes y alcohol.

Tampoco los policías que lo detuvieron pocos momentos después en la parada del tranvía observaron que se encontrara intoxicado y pese a que los análisis determinaron que había ingerido una elevada cantidad de cocaína, los peritos rechazan que fuera la causa de los delitos cometidos.

Igualmente, descartan que se tenga en cuenta que reconoció los hechos, en cuanto que su autoría es evidente por las grabaciones de las cámaras y que no hubo robo, cuando en realidad se apropió de unas llaves, dinero y unos zapatos.

Incluso se apunta como otro atenuante que en un momento dado la mujer le ofreció dinero para que dejara de agredirla y no lo aceptó, lo que en vez de ser un “gesto magnánimo” es calificado de “grotesco” por el TSJC.

El condenado logró salir del edificio, atravesó buena parte de la ciudad y llegó a la parada del tranvía, desde donde pretendía trasladarse al Centro de Inmigrantes, y fue allí donde agentes de la Policía lo localizaron y detuvieron con los 30 euros, el mando a distancia de la puerta de la oficina y los zapatos sustraídos.

La curación de la paciente requirió 180 días durante los cuales no pudo realizar sus actividades habituales y además el acusado le transmitió sífilis y hepatitis.

La sentencia recuerda que la mujer sufre crisis depresiva y ansiedad, episodios de terror, indefensión, vértigos, malestar psicológico,sentimiento de culpa, baja autoestima, alteración del sueño y tristeza entre otros síntomas psicológicos que han provocado un estrés en grado grave.

Etiquetas
stats