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Condenado el presidente de la patronal hotelera de Fuerteventura por un delito de desobediencia grave a Costas

Antonio Hormiga, a la izquierda de la imagen

Canarias Ahora

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El presidente de la Asociación de Empresarios Turísticos de Fuerteventura (ASOFUER), Antonio Vicente Jesús Hormiga, ha sido condenado por el Juzgado De Lo Penal Número 2 de Puerto del Rosario a seis meses de multa con una cuota diaria de 25 euros por un delito de desobediencia grave ante la Demarcación de Costas de Canarias, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

El fallo, emitido el pasado 4 de mayo, es firme al tratarse de una sentencia de conformidad, ya que Hormiga ha reconocido los hechos imputables.

Según los hechos probados por la magistrada Alicia Buendía Fleitas, el presidente de ASOFUER ignoró los requerimientos de la Demarcación de Costas para retirar un local de hostelería a pie de playa en La Goleta, Corralejo (La Oliva), que gestionaba el propio Hormiga y que no contaba con título habilitante para ello.

El primero de los avisos llegó el 30 de noviembre de 2017, día en el que Costas abrió un expediente sancionador contra Hormiga, le impuso una multa de 4.600 euros y le pidió que retirara las 100 sillas, 35 mesas y 24 sombrillas ubicadas en la playa.

Posteriormente, el presidente de ASOFUER presentó un recuso de alzada ante la Secretaría General Técnica de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que fue desestimado. Y también pidió al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que suspendiera la resolución de Costas del 30 de noviembre, petición que tampoco fue atendida.

Casi dos años más tarde, el 20 de junio de 2019, y dado que Hormiga “no atendía al requerimiento para la retirada de las instalaciones”, Costas decidió precintar las mismas, levantando acta y reportaje fotográfico. No obstante, un día después, se comprobó que la zona precintada “había vuelto a ser ocupada con mobiliario, reiniciándose la actividad hostelera”, apunta la sentencia. Para más inri, el 27 de junio de ese mismo año, Costas constató que “había aumentado la superficie de ocupación en mesas, sillas y sombrillas”.

“Todo ello no hace sino corroborar que el acusado, al menos desde noviembre de 2017, y sabedor de su obligación de retirar el mobiliario y demás enseres de su establecimiento hostelero en la Playa de La Goleta, con evidente intención de ignorar el principio de autoridad, no atendió a las órdenes de retirada y posterior precinto establecidas por Costas, pese a estar presente en el momento en que se efectuó el precintado y reubicando el mobiliario apenas un día después de que se procediera al mismo”, resume la sentencia.

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