El Supremo ordena al Gobierno que inicie el proceso para indemnizar por la moratoria

Apartamentos y hoteles en las proximidades del Campo de Golf de Meloneras

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

El Tribunal Supremo (TS) ha emitido en los últimos días una cascada de sentencias en las que viene a ordenar al Ejecutivo autónomo que indemnice a los promotores afectados por la moratoria. Las peticiones de cuatro grupos empresariales plasmadas en ocho sentencias diferentes suman los 167,5 millones. El Gobierno ahora deberá fijar las cuantías que no serán muy diferentes de las ya calculadas por los promotores.

Las parcelas en cuestión se encuentran en el Sur de Gran Canaria y concretamente en Pasito Blanco, Meloneras Golf, Costa Taurito y en Fuerteventura en dos casos. El TS viene así a ratificar fallos anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), dado que los recursos de casación no pueden presentarse contra normas autonómicas, como ocurre en esta ocasión.

Los promotores se quejan de que el Gobierno canario no cumplió su compromiso de indemnizarles si se acogían a los supuestos recogidos en el artículo 17 de la ley de moratoria. Por ello, estas empresas interpretaron el silencio administrativo como positivo, lo que fue recurrido por el Gobierno canario.

En este artículo de la controvertida ley, se explica que si los promotores aceptaban que la parcela dejara de tener un uso turistico, el ejecutivo estaba obligado a compensarles, dado que los propietarios cuentan con todos los derechos consolidados reconocidos. Pese a ello, estos empresarios optaron por distintos supuestos como permitir que las parcelas tuvieran la calificación de suelo rústico de protección territorial.

Igualmente, el Gobierno se comprometía a apoyar la sustitución de las edificaciones alojativas por otras destinadas a parques temáticos, actividades culturales, de ocio, de espectáculos, comerciales, deportivas, de restauración o similares. Sin embargo, el Gobierno canario no cumplió su parte “del trato” y ha retrasado, cuando no rechazado directamente, la concesión de indemnizaciones.

El Supremo desde luego aprovecha para darle un fuerte tirón de orejas a los responsables de la Administración autonómica y les condena a costas. El esfuerzo de los abogados del Gobierno canario se centró en demostrar que estaban frente a una ley estatal y por lo tanto el recurso podía interponerse ante el Supremo. Pero los jueces del Alto tribunal desde luego no quedaron muy convencidos y consideran que las argumentaciones ofrecidas son poco menos que una trampa.

En el caso de la empresa Dehesa de Jandía se piden 9,2 millones, más intereses por una parcela en Mal Nombre-Tierra Dorada, en Fuerteventura. Técnicos y Servicios Insulares SL, solicitaba 12,7 millones por un solar situado en la ampliación de Costa Calma en Pájara, en la misma isla. Lopesan ha visto como el Supremo le reconoce su derecho a ser indemnizada en una cantidad que la empresa fija en 104,8 millones por cuatro parcelas situadas en la Urbanización Meloneras Golf, en el municipio grancanario de San Bartolomé de Tirajana. En un caso el valor es de 21,5, en otro 30,8, en uno más 48,7 y finalmente en otro 3,8 millones.

Katanga Inversiones SL, propietaria de un solar en Costa Taurito en Mogán, también pedía ser compensada por renunciar a sus derechos consolidados con 2,6 millones. Centro Helioterápico de Canarias SA, es la empresa que en su momento construyó en el espacio protegido de las dunas de Maspalomas en Hotel Dunas, demolido a finales de los ochenta. A cambio se le otorgó una parcela en Pasito Blanco, en la que la empresa renunció a darle uso turístico si se le compensaba con 38,2 millones.

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