Cantabria aprueba que temporalmente se pueda cobrar la Renta Social Básica mientras se trabaja
El Gobierno de Cantabria ha aprobado que se puedan compatibilizar la Renta Social Básica con los ingresos laborales de forma temporal para “convertir esta prestación en una herramienta útil para favorecer la incorporación al trabajo”.
La medida había sido anunciada hace casi un año por la presidenta Buruaga durante el Debate de Orientación Política en el Parlamento de Cantabria. Ahora, por fin se ha autorizado en la reunión del Consejo de Gobierno. Para ello, se ha aprobado un proyecto de ley que a su vez modifica la Ley de Cantabria de Derechos y Servicios Sociales.
La modificación legal -informa el Gobierno de Cantabria en un comunicado- permitirá cobrar la Renta Social Básica mientras se trabaja. La propuesta establece un sistema de compatibilidad progresiva, de forma que durante los primeros seis meses solo se computará el 25% del salario o rendimiento neto mensual a la hora de calcular la prestación. Si la actividad laboral continúa, en un segundo tramo de hasta seis meses adicionales se computará el 50%.
La finalidad de esta medida, según el Ejecutivo cántabro, es que la incorporación al empleo se produzca de forma gradual “sin que la persona pierda de golpe el apoyo económico del sistema”.
En su día, Buruaga explicó que se pretende que la Renta Social Básica deje de ser “solo un salvavidas” para convertirse “en una palanca real de inclusión”.
Actualmente, cuando hay ingresos procedentes del trabajo (por cuenta propia o ajena) se puede perder el derecho a cobrar la prestación. Lo cual -como se argumentó desde la Consejería de Inclusión Social- “podría tener un efecto desincentivador del empleo, contrario a los principios de activación e inserción social que constituyen los objetivos del sistema”.
Requisitos
La Renta Social Básica es una prestación económica para las personas que se encuentren en situación de riesgo o exclusión por carencia de recursos. Los requisitos para acceder a esta ayuda es que la persona, durante un año antes de la solicitud, acredite que no tiene recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas, estar empadronado en Cantabria, ser mayor de 23 años y menor de 65, o encontrarse en situación de orfandad absoluta, que tengan a su cargo a personas menores de edad o en situación de dependencia. También deberán estar inscritos como demandantes de empleo.
La prestación garantiza cobrar el 80% del IPREM para una sola persona, que se incrementa un 25% en el caso de que la unidad de convivencia la integre una segunda persona y un 10% sobre la cantidad resultante en el tramo anterior por cada persona más a partir de la tercera. En cualquier caso, el importe máximo no podría superar el 125% del IPREM, un indicador público de renta que para 2026 está establecido en 600 euros.
Hasta ahora la cantidad mensual se otorga en su integridad cuando la persona carezca de recursos y, en caso contrario, se restan de dicha cuantía. Es decir, que se paga menos dinero, solo la diferencia.