La jueza ve seis posibles delitos de homicidio imprudente en la falta de mantenimiento de la pasarela de El Bocal

La jueza instructora que investiga el accidente de El Bocal, en la costa norte de Santander, en el que fallecieron seis personas y una resultó herida de gravedad tras ceder una pasarela de una senda costera, ha ampliado la investigación a quien fue jefe de Servicio de Proyectos y Obras de la Demarcación de Costas de Cantabria desde que se instaló la infraestructura hasta mayo de 2023, cuando se jubiló.

La declaración del ex trabajador de Costas se suma a quien le sucedió en el cargo —actual jefe de Servicio de Proyectos y Obras— y al jefe de la Demarcación de Costas —director de Obras del Proyecto de 2014 de construcción de la senda costera—, quienes declararán como investigados el 15 de mayo, en una sesión en la que se practicarán además las pruebas periciales.

El auto de la jueza señala que la falta de mantenimiento de la infraestructura podría constituir una “negligencia grave” y la posible comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave —por los seis fallecimientos— y un delito de lesiones por imprudencia grave –por las heridas sufridas por la superviviente.

En un auto dado a conocer este martes, la magistrada señala que este funcionario al que suma a la investigación, “ostentó una posesión de garante respecto de la seguridad estructural de la pasarela” y tuvo la “obligación de promover, ordenar o verificar las actuaciones de inspección y mantenimiento necesarias en tal lapso de tiempo”.

La jueza sostiene, basándose en el informe pericial, que “la ausencia de inspecciones y mantenimiento adecuados pudo impedir, detectar y corregir el progresivo deterioro de la infraestructura, generando un riesgo relevante que se materializó en el colapso de la pasarela”.

Para la instructora, “con su conducta omisiva cada responsable de la Jefatura de Obras pudo contribuir al mantenimiento del riesgo no controlado que desembocó en el fatal resultado, concurriendo en sus personas, por el cargo que ostentaban y ostentan, una clara posición de garante y capacidad de actuar”. Por eso, la magistrada ha acordado también que el médico forense examine la pasarela para contar con un informe sobre la sanidad de las lesiones que sufrió la víctima superviviente. 

“La ausencia total de inspecciones”

El auto sostiene que la pasarela estaba “abierta para su uso público sin ningún tipo de restricción, no sometida a ningún tipo de control o inspección y mantenimiento desde su construcción en 2014, y en donde aparentemente se utilizó como material para los herrajes de las vigas de apoyo uno ciertamente inadecuado para toda estructura sometida a un ambiente exterior sin cubrir (más aún cuando tal estructura se ubica en el mismo borde costero)”.

Y continúa: “La ausencia total de inspecciones presumiblemente impidió detectar deterioros estructurales, limitándose las únicas actuaciones de mantenimiento realizadas a una intervención tardía y parcial, al centrarse exclusivamente en su estructura de madera”.

Todas esas circunstancias “no permitieron abordar elementos críticos” y “el colapso, pues, pudo ser consecuencia de un deterioro progresivo no controlado”, ha valorado la titular de la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander.

Por ello, considera que “la omisión de la diligencia debida, en los términos así expuestos, presenta en estos momentos caracteres de negligencia grave que, como tal, justifica la acción penal ya ejercida por posible comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave en su modalidad agravada por pluralidad de víctimas, y un delito de lesiones por imprudencia grave frente a los investigados”.

15 de mayo declaración de técnicos investigados

En una providencia también dada a conocer este martes, la magistrada autoriza el acceso al lugar de los hechos para realizar inspección ocular y toma de muestras a todos los peritos propuestos por las partes: los de las defensas del jefe de la Demarcación de Costas y del actual jefe de Servicio de Proyectos y Obras; y también al perito elegido por las acusaciones particulares, que han anunciado que aportarán un único informe.

Los informes periciales deberán entregarse tres días antes del 15 de mayo, fecha de la declaración de los tres investigados de Costas, para que todas las partes puedan conocer su contenido antes de esa fecha, en la que se practicará la prueba.

Por otro lado, la instructora ha decidido no atender a la petición del Ayuntamiento de Santander de que el ingeniero que firmó el proyecto de construcción de las pasarelas declare el próximo viernes 27 en calidad de investigado, en vez de hacerlo como testigo—perito, tal y como se le ha citado. A su juicio, “ni el ministerio fiscal ni ninguna otra parte personada ha dirigido contra el citado expresa denuncia o querella” y “esta juzgadora tampoco” —ha dicho— “por entender que el ingeniero ”es responsable de un proyecto parcial, en cuanto no abarca la totalidad de la obra“.

Para la magistrada, lo que este ingeniero firmó se trata “más bien de un subproyecto o un anexo integrado en el proyecto principal de la senda, aceptado y avalado por ello por el director de la Obra, que sí actúa en esta causa en calidad de investigado”.

Registro en la base de datos policial

Finalmente, la instructora atiende a lo solicitado por la defensa de la agente de la Policía Local investigada y pide que esta institución aporte las actuaciones registradas en la base de datos policial derivadas de las llamadas entrantes entre las 12:14 y las 14:30 horas del día previo al accidente -fecha en la que un vecino llamó al 112 alertando del estado de la pasarela-.

En concreto, solicita la parte y acuerda la magistrada que se desglose en cuántas actuaciones se comisionó una patrulla de Policía Local, en cuántas se comisionaron agentes de Movilidad Urbana y en cuántas no se comisionó ni a unos ni a otros.

El próximo día 24, la jueza escuchará a los superiores jerárquicos y a dos compañeros tanto de la agente de la Policía Local de Santander como de la gestora del 112 investigadas, después de que el inspector jefe de la Policía Local y el director del Servicio de Emergencias hayan respondido al requerimiento de la instructora para que identificaran a estas personas.