El Supremo rebaja a una multa la condena al inspector de los Mossos que aporreó a manifestantes del 15M

El Tribunal Supremo ha dejado en una multa de 9.000 euros y una indemnización de 1.560 euros el reproche penal al inspector de los Mossos d'Esquadra Jordi Arasa por aporrear a manifestantes del 15-M durante el desalojo de la plaza Catalunya en 2011, unas imágenes que dieron la vuelta al mundo y se convirtieron en ejemplo de desproporción en la actuación policial.

El Alto Tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, estima en parte los recursos que tanto la Fiscalía como la defensa de Arasa, ejercida por el letrado José María Fuster Fabra, habían interpuesto contra la condena de dos años y cuatro meses de cárcel que le había impuesto la Audiencia de Barcelona.

Con su decisión, el Supremo anula una condena que conllevaba tanto el ingreso en prisión como la inhabilitación de Arasa como policía durante dos años y cuatro meses. Sin embargo, el Supremo no cuestiona que el inspector –que sigue en activo en los Mossos– se sobrepasó en el uso de la porra policial contra manifestantes pacíficos.

La rebaja de la condena se explica por motivos técnicos: en un manifestante herido por Arasa, el Supremo no acepta la pericial de una fisioterapauta como válida para fundamentar la condena por lesiones, mientras que en otro aporreado el Alto Tribunal no ve suficiente gravedad en la herida como para condenar por lesiones agravadas y las deja en su modalidad delictiva simple.

Sin emplear un tono tan contundente como las magistradas de Barcelona, que concluyeron que los empujones, golpes y porrazos con los que Arasa desalojó la plaza no estaban “justificados en ningún caso” porque los indignados estaban sentados en el suelo de forma “pacífica”, el Supremo sí determina que la actuación del inspector fue desproporcionada y violenta.

“Todo apunta a un actuar precipitadamente agresivo por parte de quien precisamente por razón del cargo que ostentaba [jefe de las unidades de apoyo de los antidisturbios] ha de estar acostumbrado a soportar situaciones de presión y a quien incumbe un particular esfuerzo de contención”, resuelve el Alto Tribunal, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Ana María Ferrer.

“No olvidemos –abunda la sentencia– que los hechos se desarrollan en el contexto de una concentración pacífica que duraba ya varios días y en distintos puntos de la geografía española”.

La sentencia del Supremo zanja un caso que se inició en 2011 y que puso en el punto de mira a los antidisturbios de los Mossos pese a que el Govern de Artur Mas, con Felip Puig al frente de la conselleria de Interior, cerró filas en todo momento con la policía.

La intervención en la acampada del 15-M se justificó con el pretexto de intento de limpieza de la plaza de Catalunya ante la inminente celebración de la final de la Champions League, aunque se constató que el objetivo final era sacar a los 'indignados' del centro de Barcelona, donde llevaban días acampados en protesta contra los recortes y la clase política. La actuación fue un fracasó: horas después de los porrazos, la plaza volvía a estar llena de tiendas de campaña y actividades de los activistas.

El Supremo descarta la petición de Arasa de anular la condena en base a la eximente de actuar en base a un deber ligado al ejercicio de su cargo de policía. El motivo es el pacifismo de los concentrados en la plaza Catalunya, de quienes los magistrados resaltan su “comportamiento no agitado, sin actos de agresión ni altercados”, lo que dejaba a Arasa un “espacio razonable para proseguir con las técnicas de disuasión” para disolver la concentración, sin necesidad de emplear la porra.

Arasa ya fue condenado en 2014 por un delito leve de lesiones por golpear en el mismo desalojo al que después sería diputado de las CUP David Fernàndez. Una vez finalizado el proceso judicial, la conselleria de Interior podría emprender medidas disciplinarias contra el inspector.