El Constitucional tumba el artículo de la ley de Costas valenciana que protegía del derrumbe las 'casas de Babilonia' de Guardamar

El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno contra la ley de las Corts Valencianes 3/2025, de protección y ordenación de la costa valenciana. La resolución judicial tumba los preceptos clave con los que la Generalitat pretendía amparar la conservación de las históricas edificaciones de la playa de Babilonia, en Guardamar del Segura (Alicante), cuyas órdenes de derribo acumulaban resoluciones judiciales firmes y se encontraban pendientes de ejecución.

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, examina las alegaciones de la Abogacía del Estado en relación con este emblemático núcleo del litoral alicantino. Aunque el tribunal reconoce que la Comunitat Valenciana posee competencias para proteger los valores culturales, históricos y etnológicos de sus núcleos costeros, advierte de que dicha protección “no puede limitar las facultades que corresponden al Estado sobre estos terrenos”.

El fallo declara la inconstitucionalidad —si bien sin llegar a declarar su nulidad— del artículo 17 y de la disposición final primera, exclusivamente en cuanto se apliquen a bienes integrantes del dominio público marítimo-terrestre.

El conflicto surge porque la norma autonómica no se limita a reconocer el valor etnológico de estos enclaves, sino que permite aprobar planes especiales y los incorpora al régimen de protección del patrimonio cultural valenciano. Esto impone obligaciones de conservación y restricciones a la demolición que, según el Alto Tribunal, entran en colisión con la legislación estatal al “impedir que el Estado adopte las actuaciones necesarias para garantizar su integridad y recuperación”. No obstante, al no ser declarados nulos, ambos preceptos podrán seguir aplicándose en los demás espacios del litoral donde no exista conflicto competencial.

Por su parte, la disposición adicional cuarta ha corrido peor suerte, ya que el tribunal la ha declarado inconstitucional y nula de pleno derecho. Dicho apartado permitía a la Generalitat elaborar un inventario de terrenos degradados dentro del dominio público. Los magistrados argumentan que esta facultad invade las competencias exclusivas del Estado, al que compete en exclusiva determinar qué superficies forman parte de dicho dominio, así como decidir sobre su deslinde y eventual desafectación.

La resolución cuenta con el voto particular anunciado por los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías . Con este pronunciamiento, el futuro de las emblemáticas viviendas de Babilonia queda abocado al cumplimiento de los mandatos judiciales de derribo previos, al decaer el paraguas normativo autonómico que frenaba su ejecución.