Facua denuncia por séptima vez a la teleco de Bertín Osborne, esta vez por dificultar las bajas de clientes
La empresa de telecomunicaciones Española de Telefonía, propiedad de Bertín Osborne, vuelve a tener una denuncia ante el Ministerio de Consumo y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) presentada por Facua. Según ha informado la plataforma de defensa de consumidores, la empresa dificulta las bajas de contratos a los clientes, a quienes se les pide que remitan un correo “acompañando copia de su DNI o a través de formulario de desistimiento disponible en la web”.
La plataforma recuerda que el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, señala que el derecho de desistimiento “no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida a derecho”.
Por ello, solicitar el documento supondría una vulneración del reglamento europeo de protección de datos, que establece en su apartado 1 que “los datos personales serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados”.
Se trata de la séptima denuncia que FACUA pone a esta compañía. El pasado mes de junio, la denuncia señaló que la compañía vulnera hasta cinco leyes de defensa de los consumidores, publicidad, competencia desleal, servicios de la sociedad de información y protección de datos“.
La teleco eliminó algunas de las irregularidades tras las anteriores denuncias de Facua: incorporó el domicilio de la empresa, la información precontractual, sobre el derecho desistimiento y protección de datos, además de eliminar el reclamo engañoso con el que anunciaba su Tarifa España: “un precio imbatible” que ahora se presenta simplemente como “un gran precio”.
También retiró el test de velocidad fake con el que durante casi un mes hizo creer a los usuarios que su velocidad de conexión a internet era hasta 20 veces inferior a la real. Una falsa prueba tras la que no había más que un código en javascript que generaba un número aleatorio entre 50 y 250 simulando que esos eran los megabytes por segundo (Mbps) a los que navegaba el usuario.
Bajo el eslogan “Las cosas bien hechas, las cosas a derechas”, la empresa incurría en publicidad engañosa según la anterior denuncia de Facua. “En realidad, la empresa lo hace todo mal”, apuntaba, “publicidad engañosa, un teléfono que no es gratuito y una web donde no hay información sobre las condiciones contractuales, el derecho de desistimiento, protección de datos y ni tan siquiera un aviso legal con el domicilio de la empresa”, enumeraba Facua.
En cuanto a las irregularidades, Facua señalaba que el “precio imbatible” incurría en publicidad emngañosa, ya que es un 33% más cara que la oferta más económica del mercado.
También detallaba que “los teléfonos de información al consumidor que ofrece la web no son gratuitos, sino una línea móvil y otra con prefijo geográfico de La Rioja donde una inteligencia artificial saluda al establecerse la comunicación con un 'viva España”. “Con ello, Española de Telefonía se salta la obligación de atención telefónica gratuita establecida en el artículo 65.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones”, rezaba la plataforma.
Y apuntaba a que “cuando el usuario introduce sus datos en la web para solicitar más información, acepta una 'política de privacidad' de la que no se le informa en ningún momento”. “Si se pulsa en el enlace para acceder a ella, la página simplemente se desplaza hasta la parte superior y no se abre ninguna pestaña o ventana nueva. Así que la empresa se salta la obligación de informar sobre el tratamiento de datos personales, el derecho del usuario a solicitar su eliminación o modificación, entre otros, y cómo puede ejercerlo”. “Algo que Facua ha denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos”.
Por último, la organización de consumidores señalaba que “la web también carece de sección dedicada al aviso legal”. “En este sentido, aunque la página indica cuál es la empresa que está detrás de la compañía de telecomunicaciones y su NIF, no aclara cuál es su domicilio social”, por lo que entiende que se salta el artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.