Hacienda, condenada a devolver 55 millones a Shakira porque en 2011 no era residente en España
La Audiencia Nacional enmienda la plana a Hacienda y al Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y obliga a la Agencia Tributaria devolver a Shakira 55 millones de euros más intereses y costas (la defensa cifra la devolución en más de 60 millones) por el ejercicio fiscal de 2011. El tribunal ha estimado el recurso presentado por la representación legal de la cantante en el litigio por el IRPF y el Impuesto de Patrimonio de ese concreto año fiscal y ha acordado por sentencia anular las liquidaciones y sanciones impuestas.
En la sentencia, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso considera que la Administración no ha acreditado que la cantante permaneciera ese año en España más de 183 días, tal y como exige el artículo 9.1 de la Ley del IRPF en relación el domicilio fiscal que se determina a la hora de tributar dicho impuesto. Al contrario, los magistrados entienden que la estancia de Shakira en España fue de 163 días y que la Administración no ha probado, por tanto, que la cantante tuviera el núcleo de intereses económicos y las relaciones familiares en nuestro país, en los términos establecidos en el mencionado artículo.
La Sala recuerda que la inspección de Hacienda arrancó en 2016 y para el periodo comprendido de 2011 a 2014. Y detalla que, únicamente respecto al ejercicio 2011 y para el IRPF, se dictó una liquidación para regularizar la situación tributaria de la cantante que ascendía a 24,7 millones de euros (19 ,9 de cuota y 4,7 de intereses de demora). El fisco señaló entonces que esa regularización venía motivada porque Shakira tenía la consideración de residente fiscal en España y, por tanto, debía tributar aquí “por la renta mundial obtenida” con independencia del lugar donde se hubiese producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
Pero iba más allá, y acusaba a la cantante de controlar “un entramado de sociedades” que le permitía obtener rentas en jurisdicciones con una baja tributación. Hacienda consideraba que esa maraña de sociedades le sirvió para “distraer las rentas” y ocultarlas de manera que fuera “imposible conectarlas con su verdadera generadora y preceptora última”. Una vez concluido el procedimiento abierto en el seno de la Agencia Tributaria se le impuso una sanción respecto a ese 2011 por infracción muy grave que ascendía al 125% del dinero reclamado. “Al concurrir ocultación y medios fraudulentos por la utilización de persona interpuesta, alcanzando un importe total de 24,9 millones euros.
En cuanto al impuesto de patrimonio de ese año, la Agencia Tributaria de Cataluña acordó que la cantante debía 2,6 millones de euros. Consideraba acreditada la existencia de simulación en contratos celebrados entre las sociedades Ace Entertainment, Tournesol, Geneurope, Light Tours, Light Production y Carpe Diem, y apuntaba que las mismas fueron usadas para “ocultar la obtención de rentas manteniendo su patrimonio en territorios de baja o nula tributación”. Sobre este punto, se le notificó a la cantante en junio de 2018 que se le imponía una sanción por infracción muy grave y se le informaba de que el montante era de 2,7 millones. Así, las cantidades presuntamente defraudadas en el IRPF y el impuesto de patrimonio sumadas a las dos sanciones muy graves elevaron la cantidad que tuvo que abonar a Hacienda a los 55 millones de euros.
La residencia de Bahamas
En la sentencia se recoge que la Administración Pública había analizado extensamente si la recurrente residía en efecto en Bahamas en 2011 y determinó que debía negar la validez de ese documento, algo con lo que no está de acuerdo la Sala: “Lo cierto es que constituye un indicio probatorio”.
El tribunal, en su sentencia, señala que Hacienda lo que debía probar era si la recurrente era residente fiscal en España. “Por tanto, que Bahamas sea o no un paraíso fiscal en 2011 es irrelevante, porque la recurrente ha probado la permanencia de al menos 183 fuera de España (lo cual no es discutido)”, añade. Así, los magistrados concluyen que no cabe reputar ocasional o esporádica una ausencia prolongada por periodo superior a 183 días, “ya que de aceptar que ello fuera así el concepto de residencia habitual, sustentado a su vez en el de permanencia en España, quedaría completamente privado de sentido y razón”.
El tribunal niega también que tenga valor alguno que Hacienda sostenga que ya en 2011 se había producido el inicio de su residencia en España debido a la relación sentimental de la cantante con el ex futbolista del FC Barcelona Gerard Piqué, residente en España. “En 2011 no existía vínculo conyugal con un residente en España (la afirmación de la Administración es que existía una relación sentimental con un residente español, que no puede equipararse legalmente a un vínculo conyugal), ni existían en ese año hijos menores de la recurrente, residentes en España”, apunta.
Y concluye que al no tener domicilio fiscal en España “es obvio que las liquidaciones y las consiguientes sanciones son contrarias a Derecho, porque parten de la idea de que la recurrente tenía en el ejercicio 2011 su domicilio fiscal en España y ello no ha quedado acreditado”.
Cabe recordar que Shakira alcanzó en noviembre de 2023 un acuerdo con la Fiscalía en su causa por fraude fiscal. La cantante admitió entonces que no pagó cerca de 14,5 millones de euros en impuestos en España entre 2012 y 2014 pese a que estaba obligada al pasar más de la mitad del año en nuestro país. La artista se comprometió a abonar una multa millonaria a cambio de evitar los tres años de cárcel a los que había sido condenada.
Fuentes de Hacienda, consultadas por elDiario.es, señalan en este sentido que lo que se dilucidaba en la Audiencia Nacional era exclusivamente el ejercicio 2011 por la vía administrativa. Y adelantan que el fisco instará a la Abogacía del Estado a que recurra la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo.
Por su parte, en un comunicado, el equipo legal de la cantante celebra la sentencia “tras ocho años de disputa y una persecución encarnizada contra Shakira”. Y recuerda que ese 2011 ella estaba de gira por todo el mundo y que llegó a ofrecer 120 conciertos en 37 países distintos: “No tenía en España casa, ni hijos, ni tuvo nunca su centro de negocios en este país”.
Además, denuncia la “presión” ejercida por Hacienda, y recuerda que “una institución creada para el servicio de los ciudadanos no debería utilizar todo su poder y recursos para criminalizar caprichosamente a quien le conviene”.