Estas son todas las ayudas que puedes solicitar a la Seguridad Social en 2026
Desde la Seguridad Social se administran el grueso de las pensiones y prestaciones contributivas y no contributivas del sistema. Tal y como definen desde el propio Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, son un conjunto de medidas diseñadas para “prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos”. En concreto, suelen tratarse de prestaciones que abordan contingencias que suponen un exceso de gastos o una pérdida de ingresos de las personas que las sufren.
Aunque las prestaciones más comúnmente conocidas son las pensiones por jubilación, las de incapacidad permanente o el Ingreso Mínimo Vital, desde la Seguridad Social también se ofrecen ayudas para un gran número de escenarios.
Para acceder a cualquier tipo de ayuda es necesario cumplir con los requisitos de afiliación, alta y cotización exigidos para cada caso concreto. En prestaciones de carácter indefinido, el ciudadano debe mantener dichas condiciones durante todo el tiempo de su percepción. Si su situación cambia, deberá notificarlo a la Seguridad Social.
Listado completo de prestaciones de la Seguridad Social
El listado de acciones protectoras de la Seguridad Social cubre un gran abanico de situaciones de necesidad previstas por la legislación vigente. Recuerda que es posible consultarlo de forma completa a través de su página web, donde figuran los requisitos para pedir cada prestación, sus características, plazos y cómo se gestionan. Estas son las ayudas vigentes este 2026:
Ingreso mínimo vital (IMV)
Se trata de una prestación ideada para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de individuos que viven solos o que están integrados en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. La cuantía a percibir es la diferencia entre la renta garantizada (que este año se ha establecido en 733,60 para un adulto que vive solo) y los ingresos del solicitante. Para solicitarla deberás visitar esta página o rellenar esta solicitud y presentarla tras pedir cita en tu Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más cercano.
Pensión de jubilación
Se trata de una prestación vitalicia a percibir cuando se cesa el trabajo al alcanzar la edad establecida, a fin de cubrir la pérdida de ingresos originada por el cese de la actividad laboral. Existe un régimen general (para jubilaciones ordinarias, anticipadas, flexibles, parciales, etc) y uno especial (para autónomos, los trabajadores del Mar, y los de la Minería de Carbón). La cuantía de esta ayuda depende de un gran número de variables, como la base reguladora y los años trabajados, por lo que puedes calcular cuál sería tu cuantía aquí. Para solicitarla, puedes pedir cita en tu Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más cercano o en esta página web.
Incapacidad permanente
Esta prestación pretende cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales de una persona que ve reducida o anulada su capacidad laboral a causa de un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente. De forma similar a las pensiones por jubilación, existe un régimen general y uno especial para autónomos, los trabajadores del Mar, y los de la Minería de Carbón. Existen distintos grados de incapacidad (permanente parcial, permanente total, permanente absoluta y gran incapacidad), que determinan los requisitos para acceder a esta prestación y la cuantía a percibir. El grado de incapacidad lo determinan los Equipos de Valoración y Orientación (EVO) de cada Comunidad Autónoma, compuestos por médicos, psicólogos y trabajadores sociales. Para solicitarla, deberás rellenar este formulario y presentarlo tras pedir cita en Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más cercano.
Pensión de viudedad
Se trata de una prestación vitalicia para aquellos que han compartido un vínculo matrimonial o de pareja de hecho con la persona fallecida. Entre los requisitos se encuentra, por supuesto, el vínculo matrimonial o de pareja de hecho entre la persona fallecida y el solicitante (con requisitos especiales para separados); periodos mínimos de cotización o la causa del fallecimiento (por ejemplo, si la muerte tiene como causa un accidente, sea o no de trabajo; o una enfermedad profesional, no se exige período previo de cotización). La cuantía a percibir será entre el 52 y el 70% de la base reguladora, en función de si se cumplen o no una serie de requisitos. Es posible solicitar la pensión de viudedad a través de este enlace, que te permitirá además gestionar la pensión de orfandad de forma conjunta.
Pensión de orfandad
Esta prestación está dirigida a los hijos menores de 21 años o que estén incapacitados de un progenitor fallecido (o reconocidos en el matrimonio si la unión se ha celebrado dos años previos a la muerte). Se trata de una pensión compatible con la viudedad y que además, como hemos comentado, se pueden tramitar de forma simultánea, pero debes tener en cuenta que interaccionan entre sí y que varíe la cuantía final a percibir de ambas. En el caso de orfandad a causa de la violencia contra la mujer, deberás rellenar este documento y presentarlo en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más cercano.
Otras prestaciones disponibles en 2026
- Asistencia sanitaria
- Incapacidad temporal
- Riesgo durante el embarazo
- Riesgo durante la lactancia natural
- Nacimiento y cuidado de menor
- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
- Corresponsabilidad en el cuidado del lactante
- Lesiones permanentes no invalidantes
- Auxilio por defunción
- Prestación temporal de viudedad
- Pensión en favor de familiares
- Subsidio en favor de familiares
- Indemnización especial a tanto alzado, en los supuestos de accidente de trabajo y enfermedad profesional
- Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo
- Prestación económica por nacimiento/adopción, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad
- Prestación económica por parto o adopción múltiples
- Prestación no económica
- Prestaciones por desempleo (SEPE)
- Prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos
- Servicios sociales (IMSERSO u órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas)
- Prestaciones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI): Vejez SOVI, Invalidez SOVI y Viudedad SOVI
- Prestaciones del Seguro Escolar