El Supremo obliga a Cáceres a devolver la fianza del Edificio Embarcadero tras 17 años de litigio
El Tribunal Supremo (TS) ha fijado doctrina mediante una sentencia por la que obliga al Ayuntamiento de Cáceres a devolver la fianza depositada por la empresa adjudicataria de las obras del Edificio Embarcadero, al declarar que la liquidación de contratos administrativos también está sujeta a prescripción y no puede practicarse fuera del plazo legal.
Se trata de un inmueble inaugurado en 2011 y concebido como un centro de innovación y emprendimiento municipal. La liquidación definitiva fijó el saldo económico en 318.512 euros, que fue la cantidad sobre la que se había ordenado inicialmente la incautación de la garantía de la UTE PRINSA-Casado. En la fase judicial inicial, la liquidación ascendía a 342.516 euros antes de que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) corrigiera aspectos procesales vinculados al procedimiento.
El litigio se originó en 2009, cuando se paralizaron las obras de adecuación de la bóveda y exteriores del edificio, adjudicadas a la mencionada UTE. En 2017, el Ayuntamiento intentó resolver el contrato por incumplimiento y procedió a la incautación de la fianza depositada por la empresa.
El TS ha determinado que la acción administrativa para practicar la liquidación estaba prescrita, ya que había transcurrido el plazo legal desde que el contrato quedó paralizado y extinguido de hecho.
El fallo aclara que, aunque la liquidación es un “acto autónomo respecto de la resolución contractual, no puede realizarse fuera del plazo legal previsto por la normativa”. Así, el TS aclara en su sentencia, recogida por EFE, que la prescripción también se aplica a la liquidación de contratos administrativos y que la “inactividad de la Administración no suspende este plazo”. Como consecuencia, el Ayuntamiento debe devolver la fianza íntegra a la empresa adjudicataria.
El litigio se ha prolongado durante años, con varias resoluciones judiciales previas. En 2018, el Juzgado Número 1 de Cáceres fijó en 342.516 euros la indemnización que debía pagar la UTE adjudicataria por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del contrato de las obras.
Posteriormente, el TSJEx estimó el recurso de la empresa y corrigió aspectos procesales, reduciendo la liquidación definitiva a 318.512 euros y señalando la necesidad de que el contratista fuera citado para las comprobaciones previas a la liquidación.
Finalmente, el Supremo ha resuelto el caso y el Ayuntamiento de Cáceres deberá ahora proceder a la devolución de la fianza a la UTE PRINSA-Casado, cumpliendo así lo dispuesto por la sentencia del Alto Tribunal.