Una disputa por una butaca en Don Benito acaba en condena: amenazó a la dueña con arruinar su tienda de muebles

Una reclamación por la compra de mobiliario que no llegó a una solución satisfactoria para el cliente ha terminado en una condena firme impuesta por la justicia. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, con sede en Mérida, ha ratificado la condena a una mujer al pago de una multa de 270 euros como autora de un delito leve de amenazas contra la dueña de una tienda de muebles en Don Benito.

El tribunal ha desestimado de forma íntegra el recurso de apelación presentado por la defensa de la clienta, confirmando en todos sus extremos la resolución dictada originariamente por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Don Benito.

El conflicto comenzó en abril de 2021, cuando un matrimonio adquirió dos sofás y una butaca en una tienda de la calle Ayala de Don Benito. Al poco tiempo, los compradores manifestaron su disconformidad con la calidad de la butaca. La propietaria del comercio se desplazó personalmente al domicilio de los clientes para comprobar la incidencia y se comprometió a gestionar la queja ante la empresa fabricante.

Sin embargo, tras transcurrir varios meses sin recibir una respuesta que consideraran adecuada, la situación se tensó. Mientras el esposo enviaba diversos correos electrónicos y comentarios de protesta a la firma fabricante, la esposa llevó su descontento a otro terreno. Según recogen los hechos probados de la sentencia, la mujer se dirigió a un repartidor del establecimiento para advertirle de que se iba a quedar sin trabajo, asegurando que conseguiría mediante publicaciones que nadie más volviera a entrar en el local y obligando así a la propietaria a echar el cierre.

Campaña en redes sociales y ratificación judicial

La clienta hizo efectiva su advertencia a través de internet con la difusión de publicaciones en grupos digitales y de redes sociales locales como “Don Benito Comenta” y “Comercio y Servicios Don Benito-Vva.”, en los que vertió críticas sobre el servicio postventa y desaconsejó el acceso al establecimiento.

Frente al recurso de apelación, que alegaba la vulneración de la presunción de inocencia y un supuesto error en la valoración de la prueba, la Audiencia Provincial concluye que la resolución de instancia es plenamente coherente y razonada. Los magistrados destacan la credibilidad otorgada a las declaraciones testificales y a la constatación de las propias publicaciones en la red, descartando cualquier móvil de enemistad espuria.

La sentencia también precisa que no ha quedado probado que el marido actuara de forma hostil en la tienda, donde mantuvo un trato siempre cordial, ni que la comerciante se viera forzada a cambiar sus rutinas u horarios diarios por los comentarios. Asimismo, la justicia exonera a los acusados del delito de acoso que también se les imputaba en el proceso.

La resolución judicial es definitiva y firme, por lo que no cabe interponer recurso ordinario alguno contra ella.