El Decreto de Autonomía Personal de la Xunta de Galicia genera debate

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La Xunta de Galicia aprobó el pasado febrero el Decreto de desarrollo de la Ley de Dependencia y Promoción de la Autonomía Personal. Ahora, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha anunciado su recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. El Comité considera que dicho Decreto no se ajusta a los términos que establece la Ley en cuestiones consideradas clave.

La principal cuestión reivindicada por el CERMI es el procedimiento que la Xunta establece para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención de la dependencia. Según la resolución del gobierno de Galicia, podría establecerse en este sentido el denominado silencio administrativo. Ello implica que la petición de la situación de dependencia puede ser desestimada por el transcurso de un período de tiempo sin resolución expresa. El Comité ha declarado en una nota de prensa que dicho silencio administrativo es “contrario a los principios generales establecidos en la legislación básica estatal”.

Además de este asunto, el CERMI ha decidido impugnar el Decreto elaborado por la Xunta de Galicia a causa de un segundo tema que, asegura, “no respeta el tenor literal de la Ley 39/2006 [conocida como Ley de Dependencia]”. Este tema es la no retroactividad de las prestaciones al momento de la solicitud. Según lo establecido en el Decreto, la persona declarada dependiente no podría disfrutar de las ayudas que le corresponden desde el momento de la solicitud como establece la ley nacional, sino desde el momento de la aprobación de la misma.

El principal problema que plantea este segundo punto de debate es que el tiempo transcurrido desde que se envía la solicitud hasta que se aprueba el programa individual de atención puede ser de meses, dejando a la persona desprotegida a lo largo de todo ese período.

El Comité ha señalado, por último, que, a su juicio, las regulaciones que el Decreto gallego establece para las prestaciones de promoción de la autonomía y de asistencia personal “son muy restrictivas”. Este hecho, asegura, “desincentivará la extensión de esta figura [la asistencia personal], aspecto que puede entrar en contradicción con el artículo 19 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, plenamente vigente en España”.

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