Inspección de Trabajo sanciona a Correos tras un golpe de calor que dejó inconsciente a una empleada
La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de La Rioja ha iniciado un expediente sancionador contra la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos tras dar por probado que una trabajadora de la oficina de Arnedo sufrió un golpe de calor por las altas temperaturas del local y la falta de aire acondicionado.
En junio de 2026, te contamos el suplicio de los profesionales de esta oficina de Correos. Tal y como denunciaba el sindicato Confederación General del Trabajo (CGT), los trabajadores han tenido que llevar ventiladores de casa y detener la actividad quince minutos cada hora para “descansar del calor”. Una situación que, afirmaban, padecen los trabajadores de Correos en La Rioja de las oficinas de Arnedo, Alfaro y Cascajos en Logroño. El expediente sancionador al que ha tenido acceso Rioja2 responde a una situación ocurrida en el verano de 2025 y que cruzó la línea roja de la salud laboral.
Tal y como recoge la resolución, los hechos ocurrieron el 2 de julio de 2025 sobre las 18.00 horas en la sucursal situada en la calle Juan Carlos I de Arnedo. En medio de una ola de calor, con predicciones de la AEMET de temperaturas máximas que oscilaban entre los 36 y los 39 grados en la comarca y zonas limítrofes de la Ribera del Ebro, la empleada sufrió un desvanecimiento acompañado de vómitos mientras realizaba su trabajo. La trabajadora, relataban desde la formación sindical, “se encontraba sola por la tarde y sufrió un síncope derivado de un golpe de calor en el interior de las instalaciones”: “Fue una compañera quien la encontró desmayada al entrar a la oficina y dio la voz de alarma. Un año después de aquel incidente, esta trabajadora ha desencadenado otras patologías asociadas y continua de baja médica”.
Un fallo en el sistema de climatización
Así, y tras la investigación abierta a raíz de la denuncia de la empleada afectada, Inspección de Trabajo concluye que el origen del accidente estuvo directamente ligado a las elevadas temperaturas dentro de la oficina. De hecho, el informe constata que los equipos de aire acondicionado no funcionaban correctamente.
Tras la investigación y después de citar a la dirección de Recursos Humanos y a la representación sindical de la empresa, la Inspección de Trabajo concluye que el origen del accidente estuvo directamente ligado a las elevadas temperaturas dentro de la oficina. El informe constata que los equipos de aire acondicionado no funcionaban correctamente. Y así lo refleja la resolución expresamente: “La empresa ha incumplido su obligación en relación con las condiciones ambientales del centro de trabajo. Ha quedado probado que a fecha 2 de julio de 2025 no se habían adoptado las medidas suficientes para evitar, reducir o controlar los niveles de temperatura en el centro de trabajo de manera que no pudieran suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores”.
Por este motivo, Inspección de Trabajo tipifica los hechos como una infracción administrativa en materia de Seguridad y Salud Laboral. Además de requerir a Correos la subsanación inmediata de los problemas de climatización en las instalaciones, el expediente contempla dos vías de penalización. Por un lado, la apertura del procedimiento de multa a la empresa pública por vulnerar la normativa de riesgos laborales, y por otra, la propuesta de recargo de prestaciones. Esto es, una penalización económica adicional por la que Correos deberá pagar un porcentaje extra sobre la indemnización de baja percibida por la trabajadora durante su incapacidad.
Una resolución que llega “tras años de reclamaciones e inacción”
Desde el sindicato valoran la resolución de la Fiscalía sobre el caso de la trabajadora de la oficina de Correos de Arnedo que sufrió un golpe de calor. La organización destaca tanto el fondo del dictamen como el momento en el que llega, tras años de reclamaciones e inacción. “Nos parece positivo que se multe a Correos y se le obligue a cambiar el equipo de aire acondicionado”, señalan fuentes sindicales. Asimismo, celebran que la resolución reconozca el recargo de prestaciones a favor de la afectada porque se demuestra así “que el accidente laboral se produjo por una falta de medidas de seguridad achacable a la dirección de la empresa”.
Y además celebran que esta resolución pone fin a cuatro años de reclamaciones e inacción. Y es que, además de denunciar la situación ante Inspección de Trabajo, la situación de estos trabajadores también ha llegado al Comité Provincial de Seguridad y Salud de la Administración General de La Rioja. Un órgano colegiado y paritario de participación destinado a la consulta regular y periódica en materia de prevención de riesgos laborales del que forman parte delegados de prevención y representantes de la Administración. “Llevamos cuatro años con este problema. El año pasado (2025), lo único que hizo la empresa fue poner dos aparatos portátiles (pingüinos) que no solucionan nada”, relataban a principios de junio. Estas quejas ante el Comité Provincial de Seguridad y Salud de la Administración General de La Rioja, de momento, no han servido para mucho. No así la denuncia ante Inspección de Trabajo cuya resolución llega “un año después y tras haber denunciado también la situación públicamente”.
Finalmente, los trabajadores de Correos en Arnedo encaran el mes de agosto con cierta tranquilidad porque como aspecto clave de la resolución, subrayan “el compromiso fijado para el futuro: cualquier incidencia o avería en el sistema de climatización deberá solventarse en un plazo máximo de 48 horas”. También celebran lo relativo a su compañera. “Todavía está en situación de baja porque el golpe de calor agravó una dolencia previa que padecía, pero al menos se ha confirmado que fue un accidente laboral producido por un golpe de calor y cobrará algo más de indemnización”.
Correos elude valorar la resolución de Inspección de Trabajo
Preguntado por esta resolución, desde Correos han asegurado a este medio que “no entran a valorar resoluciones” ademásde confirmar que el nuevo sistema de aire acondicionado de la oficina en Arnedo “se encuentra plenamente operativo”. Por lo demás, la mimsa respuesta de mediados de junio: “Correos lleva a cabo en sus centros todas las acciones necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento de sus instalaciones y favorecer unas condiciones óptimas para trabajadores y usuarios”. De nuevo recuerdan que disponen de “medidas preventivas específicas para la protección de sus trabajadores frente a situaciones y condiciones climatológicas adversas, como pueden ser, en esta época del año, las altas temperaturas”. Y dentro de su Plan de Prevención, insisten en que cuentan con un “Protocolo de actuación específico que establece que, en las unidades de reparto ubicadas en zonas geográficas afectadas por avisos de la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología) de alerta naranja (riesgo importante), la plantilla del turno de mañana no realizará labores de reparto domiciliario más allá de las 13:00 horas, mientras que, en el turno de tarde, dichas labores no se iniciarán hasta las 17:00 horas”.
En el caso de que el aviso se eleve a alerta roja (riesgo extremo), prosiguen, se suspenderán las tareas de reparto a pie y en moto en el turno de tarde mientras se mantenga dicha situación, quedando limitada la actividad, a partir de las 17:00 horas, al reparto en vehículos de cuatro ruedas para la distribución de envíos registrados. Además, y de manera independiente a la activación o no de alertas desde AEMET, informan de que Correos pone a disposición de los trabajadores, de manera permanente gorras técnicas para cubrir la cabeza y crema solar para la protección frente al aumento de la radiación ultravioleta que se produce en esta época.
De igual forma añaden que cuentan con “abundante material divulgativo, como infografías y campañas comunicativas, orientado a concienciar sobre los riesgos del calor. Este material incluye consejos para afrontar la actividad diaria durante el verano, pautas para prevenir el golpe de calor, así como indicaciones para su detección y actuación en caso de producirse, en el ámbito de los primeros auxilios, todo ello complementado con la formación preventiva obligatoria”. En definitiva, concluyen, “el Protocolo contempla todas aquellas medidas necesarias para preservar la seguridad y salud de las personas trabajadoras, así como de los clientes y usuarios”.